Cataluña
La normativa prohíbe «adornos» en las matrículas
Pese a la insistencia de varios diputados del Parlament, incluso del propio conseller de Interior, Felip Puig, o de formaciones como ERC o Solidaritat, la normativa de Tráfico es muy explícita en lo que se refiere a colocar adhesivos encima de la matrícula. El Real Decreto Legislativo 339/1990 que aprobaba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y el Reglamento General de Vehículos aprobado por el Real Decreto 2822/1998. En estos textos se establece que «queda prohibido que en las placas de matrícula se coloquen, inscriban o pinten adornos, signos u otros caracteres distintos de los señalados en el anexo XVIII incluida la publicidad en el interior de las mismas». Por lo tanto, el argumento utilizado por los diputados de CiU queda invalidado. Tanto Puig como el portavoz de la Generalitat, Francesc Homs, aseguraron que la normativa apenas estipula que «una matrícula son cuatro números y tres letras, por lo que no se impide llevar el adhesivo CAT». Puig, además, argumentó que la pegatina tampoco impide la identificación del vehículo en caso de cometer una posible infracción.
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