Comunidad de Madrid

Vía libre al coladero de la reagrupación

La nueva norma sólo pone límites a las edades: los padres deberán tener más de 65 y los hijos menos de 16.

Vía libre al coladero de la reagrupación
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Madrid- El Consejo de Ministros aprobó ayer el proyecto de reforma de la Ley de Extranjería, que no pone límites a la reagrupación familiar en cadena. Así, los inmigrantes pueden reclamar a sus padres, hijos y cónyuges y éstos, a su vez, pueden hacer lo mismo con los suyos. Además, la reforma permitirá a las parejas de hecho beneficiarse de esta medida.En cambio, el texto, que incorpora la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y transpone las directivas europeas, prevé que no se pueda reagrupar a familiares ascendentes (padres y madres) que sean menores de 65 años salvo por razones humanitarias. En cuanto a los hijos, si tienen entre 16 y 18 años habrán de contar con un permiso de trabajo para poder reunirse con sus padres, y se introduce la posibilidad de reagrupar a las parejas de hecho.El portavoz de Inmigración del Grupo Popular, Rafael Hernando, denunció que el proyecto «reconoce el fracaso del modelo anterior y la política de puertas abiertas y papeles para todos que establecía el Reglamento Caldera del año 2005». «Es una reforma insuficiente y de poco calado, que no resuelve los principales problemas de la inmigración en nuestro país», dijo. Asimismo, reiteró, la norma «no acaba con la reagrupación en cadena y el arraigo que, en ocasiones, favorece la llegada y permanencia ilegal».Por su parte, el portavoz de Inmigración de CiU, Carles Campuzano, lamentó que la ley no responda a las «expectativas y necesidades que requiere una política de inmigración adecuada». Según Campuzano, las políticas de inmigración deben «priorizar las inversiones en política social y educativa orientadas a jóvenes y niños».El consejero de Inmigración y Cooperación de la Comunidad de Madrid, Javier Fernández-Lasquetty, criticó la falta de diálogo del Gobierno: «Las comunidades hicimos observaciones al texto y no hemos recibido ninguna respuesta». «Es el momento de hacer una reforma en profundidad y apostar por la integración. Hay que hacerlo de manera global y no a base de retoques. Se han limitado a aprobar el documento, en el que sólo corrije los errores de bulto», lamentó.CastigosPor otra parte, la reforma castigará a quien incite y apoye la inmigración ilegal, salvo en caso «humanitario», amplía el plazo de internamiento a 60 días y limita las ayudas para vivienda.La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, dijo que el texto es «equilibrado y garantista», que aumenta la lucha contra la inmigración irregular y favorece la integración de los inmigrantes.El proyecto mejora las garantías en los procedimientos de expulsión introduciendo el principio de proporcionalidad para graduar las propuestas de sanción. Además, se acotan las posibilidades de suspensión del plazo de internamiento a los supuestos de solicitud de asilo o habeas corpus por un tiempo tasado y se establecen los plazos máximos de suspensión.

El Consejo de Estado, un mero trámiteEl Gobierno afirma que ha recogido alguna de las recomendaciones de algunos de los órganos consultados pero no ha tenido tiempo material de incorporar las recomendaciones del Consejo de Estado, el supremo órgano consultivo del Gobierno, que remitió su dictamen el jueves por la tarde. El proyecto de Ley, cuyo nombre oficial es Ley Orgánica de reforma de la Ley Orgánica 4/2000, del 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, será enviado al Congreso para su tramitación parlamentaria.

AnálisisPermiso de trabajo para las mujeres maltratadas- ¿La reforma da más garantías a las mujeres maltratadas en situación irregular?–Para ofrecer más garantías, se le concede la posibilidad de lograr un permiso de trabajo provisional y así pueda desvincularse de su agresor. Además, el procedimiento sancionador por estancia irregular será suspendido mientras duren las actuaciones que puedan concluir con la declaración de la víctima en un juzgado.- ¿Qué ocurre con los menores no acompañados? –Se establece la necesaria audiencia del menor en los procesos de repatriación, de manera que los mayores de 16 años puedan intervenir en ellos. Hasta ahora no se contemplaba explícitamente esta posibilidad.