
Sentencia revocada
EL Tribunal Superior de Bogotá absuelve a Uribe y Petro cuestiona el fallo
La sentencia desmonta, uno a uno, los episodios de soborno que sostenían la condena y, tras la misma, el Tribunal envió un mensaje institucional sobre los límites del poder judicial

El Tribunal Superior de Bogotá absolvió al expresidente colombiano Álvaro Uribe Vélez del delito de soborno en actuación penal y anuló las escuchas telefónicas que sirvieron de base a su condena en primera instancia. La decisión revocó la sentencia de 12 años de prisión domiciliaria dictada en agosto por la jueza Sandra Liliana Heredia, que había considerado probado que Uribe ordenó a su abogado Diego Cadena ofrecer beneficios judiciales a presos a cambio de retractarse de declaraciones que lo vinculaban con la creación del Bloque Metro de las Autodefensas Unidas de Colombia, un grupo paramilitar.
Los magistrados declararon ilícitas las interceptaciones al teléfono de Uribe realizadas por error en 2018. Según el fallo, la Corte Suprema había ordenado intervenir la línea del congresista Nilton Córdoba, pero los investigadores terminaron grabando las conversaciones del expresidente.
El Tribunal consideró que se trató de una “grave negligencia” que vulneró su derecho a la intimidad, y descartó que fuera un “hallazgo imprevisto”. En cambio, validó las interceptaciones al abogado Cadena, al estimar que la reserva profesional no protege las comunicaciones cuando la relación abogado-cliente se utiliza para cometer delitos.
La sentencia desmonta, uno a uno, los episodios de soborno que sostenían la condena. En el caso de Carlos Enrique Vélez, alias “Víctor”, la Sala señaló que nunca mencionó a Uribe como responsable de los pagos y compulsó copias para investigarlo por falso testimonio. En el de Eurídice Cortés, alias “Diana”, no se demostró que el expresidente diera instrucciones a Cadena ni que los pagos provinieran de él. Y en el de Juan Guillermo Monsalve, considerado el testigo clave del proceso, el Tribunal cuestionó la credibilidad del relato y las omisiones de la jueza Heredia. La Sala también reprochó que la jueza aceptara como verosímiles fragmentos del testimonio del testigo sin someterlo al escrutinio crítico exigido por la ley.
El Tribunal también envió un mensaje institucional sobre los límites del poder judicial. En su argumentación, advirtió de que “validar interceptaciones mal dirigidas abre la puerta a pescas indiscriminadas y erosiona el Estado de derecho”. Recordó que la ausencia de dolo no justifica la invasión de la privacidad.
El fallo, de más de 700 páginas, puede ser recurrido ante la Corte Suprema de Justicia. Mientras tanto, Uribe, de 73 años, recupera iniciativa política tras siete años de proceso y una condena que lo convirtió en el primer expresidente colombiano sentenciado penalmente.
Su partido, el Centro Democrático, celebró la decisión como una “victoria de la verdad sobre la persecución”. Uribe, que planea presentarse como candidato al Senado en 2026, reiteró que el caso fue “un montaje político” y que “la justicia, al fin, habló”.
Por su parte, el presidente Gustavo Petro reaccionó con dureza al fallo. “El Tribunal Superior de Bogotá repite la historia, contradice a la Corte Suprema y afirma que la interceptación judicial a un delincuente, en la que aparece la voz de Uribe hablando de sobornos, es intimidad”, escribió en su cuenta de X. Añadió que “así se encubre la historia de la gobernanza paramilitar en Colombia”.
El choque entre Petro y Uribe, los polos históricos de la política colombiana en las dos últimas décadas, devuelve el caso al terreno político. El fallo no solo revisa un proceso judicial emblemático, sino que vuelve a dividir a Colombia entre quienes ven en Uribe un símbolo de la lucha contra el narcotráfico y quienes lo consideran el rostro de la impunidad.
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