Redes sociales
El Supremo de EE UU pone a prueba el futuro de los gigantes tecnológicos
Dos demandas desafían la ley que exime a las redes sociales de toda responsabilidad por sus contenidos
Hoy en día, al utilizar cualquier red social, nadie puede escapar ya de sus algoritmos. Tras un encuentro formal o una conversación coloquial, contenido relacionado con algunos de los temas tratados durante esa charla aparece automáticamente en el dispositivo de la pantalla del usuario. Las grandes tecnológicas utilizan esa información para forzar al consumidor de su plataforma digital, sea Google, Twitter o cualquier otra red social, a pasar el mayor tiempo posible navegando con su dispositivo digital. Esta dinámica se ha convertido en una parte intrínseca del día a día de miles de millones de usuarios de las grandes compañías digitales en todo el mundo.
Aunque esta situación podría cambiar muy pronto, al menos en EE UU. Y es que el Tribunal Supremo atiende esta semana dos denuncias, una contra Google y otra contra Twitter, que podrían cambiar la manera en la que hasta ahora estas empresas han procedido con el uso de su contenido.
En otras palabras, lo que decida el Supremo estadounidense esta semana podría condicionar el futuro de las grandes tecnológicas, cambiando las reglas del juego para la ley, la sociedad y las plataformas de redes sociales del país, que representan algunas de las compañías más poderosas y con más valor económico.
El contexto de la actual escala judicial, que ha llegado a la Corte Suprema tras pasar por juzgados estatales de menor instancia, se remonta a noviembre de 2015. La estadounidense Nohemi González moría en París en el atentado yihadista junto a otras 130 personas. La joven de 23 años, la primera de su familia en graduarse de la universidad, había decidido seguir sus estudios en el extranjero.
Los abogados de la familia de González y de otras víctimas del terrorismo están esta semana en Washington desafiando una ley promulgada hace más de un cuarto de siglo que protege en la actualidad a las empresas tecnológicas, en lo que una parte de la sociedad ve como el rol que tienen dichas compañías para incentivar las prácticas ilegales en internet y, en última instancia, incitar a los ataques terroristas.
La demanda contra Google, Twitter, Facebook y otras compañías tecnológicas se ha puesto en marcha en virtud de la Ley Federal Antiterrorista, que contempla demandas por daños civiles por incitar al terrorismo. Los abogados de la acusación defenderán que dichas empresas hicieron más que proporcionar plataformas de intercambio de comunicación y que, además, al recomendar vídeos del Estado Islámico a aquellos usuarios que podrían estar interesados, buscaban a la vez obtener mayor audiencia y aumentar así sus ingresos publicitarios.
«La mayor parte del dinero ahora se gana en los anuncios», afirma Eric Schnapper, abogado de la familia González, «y las empresas de redes sociales ganan más dinero cuanto más tiempo estés en línea», añade el letrado. Una manera de hacerlo es a través de los algoritmos, que recomiendan –sin control del usuario– otro contenido relacionado con material de previo consumo e interés para mantener la atención del espectador y su permanencia en línea.
Schnapper defenderá esta semana ante el Supremo que cuando se promulgó la Sección 230 de la Ley de Decencia en las Comunicaciones las grandes tecnológicas tenían la intención de que los usuarios de las redes sociales se suscribieran a sus servicios. Pero ese modelo económico ha ido evolucionando y ahora su funcionamiento es muy distinto.
Además, los abogados de la acusación también argumentan que dichas empresas tenían conocimiento de los peligros que estaban provocando cuando en 2016 sus ejecutivos se reunieron con altos funcionarios del Gobierno para alertarles sobre información relacionada con los vídeos del EI y el uso que de ellos hacían con fines propagandísticos, para reclutar jóvenes terroristas, planificar la logística y recaudar fondos.
En apenas 26 palabras, la Sección 230 establece una distinción entre los proveedores de servicios informáticos interactivos y los de la información en general. Es decir, mientras que los medios de comunicación (periódicos o emisoras de radio o televisión) pueden ser demandados por difamación y otras conductas ilícitas o consideradas ilegales, los sitios web no pueden ser demandados por el material que aparece en ellos, ya que no se les considera editores ni oradores de dicha información.
La Sección 230 de la Ley de Decencia en las Comunicaciones, aprobada por el Congreso de Estados Unidos, data de 1996. Es decir, cuando internet, las plataformas digitales y las redes sociales apenas comenzaban. Su uso ha cambiado sistemáticamente desde entonces de manera radical, convirtiéndose en una realidad integrada en nuestro día a día. La sala Bataclan de París atacada por los yihadistas en 2015