Sentencia del TSJM
Ocho años de cárcel por abusos sexuales a su hija de 16 años
“Si haces algo conmigo te compró el P8”, le dijo forzándola a continuación. Tras ello, le pidió que no dijera nada a su madre porque “la iba a liar”
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha condenado a ocho años y cuatro meses de cárcel a un hombre por abusos sexuales continuados a su hija de 16 años y provocación sexual respecto a sus otros dos hijos menores.
En esta sentencia, los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal estiman parcialmente el recurso interpuesto por el condenado contra la sentencia de la Audiencia de Madrid, de junio de 2020.
La Sala revoca la condena a diez meses de cárcel impuesta por un delito de exhibicionismo al realizar el padre bailes estando desnudo ante su hija, reduciendo la pena a una multa de 22 meses, con cuota diaria de seis euros.
En cambio, el tribunal le mantiene los tres años de cárcel impuestos por un delito continuado de abuso sexual; los cuatro años de cárcel por abuso sexual, con agravante de prevalimiento; un año de prisión por dos delitos de provocación sexual; y cuatro meses por maltrato en el ámbito familiar.
El primer episodio de abusos se produjo en torno del mes de julio de 2016, cuando el condenado se encontraba en el domicilio familiar dado que se había separado de su mujer. Cuando la joven tenía 16 años, entró en su habitación y la bloqueó.
“Si haces algo conmigo te compró el P8”, le dijo abusando de ella a continuación. Tras ello, le pidió que no dijera nada a su madre porque “la iba a liar”.
Los abusos siguieron durante todo el año, aprovechando que estaba a solas con la niña. En otras ocasiones, el acusado “exhibió a sus dos hijos menores vídeos pornográficos que tenía en su móvil”, según consta en la sentencia de instancia.
Dicha resolución recoge que en el mes de marzo de 2017, “después de iniciarse una discusión entre el acusado y uno de sus hijos, en un momento determinado y con el ánimo de atentar contra la integridad física del menor, el acusado le propinó diversas patadas y puñetazos, sin que conste que tales hechos llegaran a causarle lesión”.
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