Justicia
Oficina de Asistencia a Víctimas del Delito: 752 casos contra la libertad sexual atendidos este año
El servicio que se ofrece alcanza desde el acompañamiento a juicio hasta la intervención psicosocial
Las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito (OAVD), dependientes de la Consejería de Justicia, Interior y Víctimas atendieron durante los 10 primeros meses de 2020 un total de 752 casos de delitos contra la libertad sexual, incluidos aquellos en los que las víctimas son menores. Esta cifra supone un 2,59% más respecto a 2019, en el que fueron atendidas 733. La cifra supone casi el doble, (96,3% más) de los casos atendidos en el año 2016, el primer año de existencia de estas oficinas, en que se registraron 383 casos.
Las Oficinas de Atención a las Víctimas del Delito son un servicio público y gratuito que presta la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el Real Decreto 1109/2015, de 11 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 4/2015 de 27 de abril, del Estatuto de la Víctima del Delito, y se regulan dichas oficinas. Se encargan de atender a víctimas directas e indirectas de cualquier delito violento, como violencia de género, maltrato familiar, agresiones sexuales y/o abusos, lesiones y amenazas, acoso escolar, laboral y/o sexual, robos con violencia, intentos de homicidio, etc., y que están inmersas o no, en un procedimiento judicial.
La Oficinas de Atención a las Víctimas del Delito fueron creadas en 1995 si bien, a raíz del traspaso de las competencias de Justicia la Comunidad de Madrid en 2002, cobraron un nuevo impulso, que actualmente se traduce en la existencia de siete OAVD.
Así, hay una oficina central en Madrid capital que presta asistencia a las otras seis existentes en la Comunidad y que están localizadas en Aranjuez, Coslada, Fuenlabrada, Leganés y Móstoles, y dan asistencia a esos partidos judiciales, según informa la Comunidad de Madrid.
Los servicios que ofrecen las OAVD a las víctimas son preparación, asistencia y acompañamiento a juicio, en aquellos casos que se considere preciso; primera atención psicosocial, información y orientación sobre recursos psicosociales. derivación a otros recursos especializados cuando proceda; coordinación con otras instituciones; seguimiento e información de la situación judicial a la víctima; intervención psicológica con víctimas de delitos violentos; intervención social con víctimas de delitos violentos; intervención en crisis. Las víctimas acceden a estos servicios por iniciativa de la propia víctima, derivación de la Fiscalía, juzgados o Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
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