Calendario laboral

Los seis días festivos que aún quedan en Madrid en 2021: de la Almudena al macropuente de diciembre

Para que la vuelta tras el final del verano no se haga tan dura, ahí van todos los festivos que todavía le restan a este año

Madrid estrena calendario laboral: el 19 de marzo, Día del Padre, será festivo
Madrid estrena calendario laboral: el 19 de marzo, Día del Padre, será festivoServicio Ilustrado (Automático)COMUNIDAD DE MADRID

Llega el final del verano y, en estos días, a muchos el calendario se les vuelve cuesta arriba. Una vuelta a la rutina que puede hacerse más llevadera si uno comienza a hacer planes para lo que queda de año aprovechando los días festivos y puentes que aún le quedan a este 2021. En la ciudad de Madrid, por ejemplo, aún restan seis delos 14 días festivos del calendario laboral. Cinco fijados en el calendario de la Comunidad de Madrid y uno más derivado de la fiesta local de la Virgen de la Almudena, patrona de la capital.

Y con una gran noticia para los expertos en los macropuentes. El de la Constitución será de los largos: con el 6 de diciembre, día que conmemora la aprobación de la Carta Magna, en lunes, y con el 8 de diciembre, día de la Inmaculada Concepción, en miércoles. Cinco días de puente a las puertas de otras vacaciones, las de Navidad.

En lo que queda de 2021, en la ciudad de Madrid los festivos serán:

12 de octubre (martes), Fiesta de la Hispanidad;

1 de noviembre (lunes), día de Todos los Santos;

6 de diciembre (lunes), día de la Constitución Española;

8 de diciembre (miércoles), Inmaculada Concepción,

25 de diciembre (sábado), Natividad del Señor.

Además de las doce fiestas relacionadas, se fijan como fiestas locales el 15 de mayo, sábado, San Isidro Labrador, y el 9 de noviembre, martes, Nuestra Señora de la Almudena. (punto 3 de los Acuerdos del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 29 de septiembre de 2020.

¿Qué días son inhábiles?

Son días inhábiles, en el ámbito de la Administración General del Estado, a efectos de cómputos de plazos:

  • En todo el territorio nacional: los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no ha ejercido la facultad de sustitución.
  • En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
  • En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.

Los días hábiles son diferentes a los laborales, por tanto los sábados aunque se consideren inhábiles siguen siendo días laborables.