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Restricciones de circulación en Madrid 2026: estos son los coches que no podrán circular a partir de enero
Durante 2025 estos vehículos seguían teniendo permitido circular, pero esa moratoria finaliza el 31 de diciembre de 2025
Después de varios años de implantación gradual, el 1 de enero de 2026 marcará un punto de inflexión para decenas de miles de conductores madrileños. Desde esa fecha, quedará prohibida la circulación en todo el municipio de los vehículos sin distintivo ambiental de la DGT, conocidos como «etiqueta A». En esta categoría se encuentran los turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados antes de enero de 2000 y los diésel anteriores a 2006. La restricción no se limita únicamente a la M-30 o al Distrito Centro: la medida afecta a toda la ciudad, incluidos accesos y desplazamientos dentro del término municipal.
Durante 2025 estos vehículos seguían teniendo permitido circular, pero esa moratoria finaliza el 31 de diciembre de 2025. A partir de las 00:00 horas del 1 de enero de 2026, cualquier entrada o movimiento dentro de la capital implicará una sanción de 200 euros. Se estima que más de 300.000 vehículos en activo pertenecen a esta categoría.
Qué coches no podrán circular a partir de 2026
Los automóviles clasificados como «etiqueta A» son los que más emisiones contaminantes generan. El Ayuntamiento de Madrid ha decidido prohibir su circulación debido a su impacto en los niveles de NO₂ y partículas, los contaminantes que más superan los límites marcados por la normativa europea de calidad del aire. No obstante, la normativa sí incluye algunas situaciones excepcionales en las que los coches sin pegatina pueden seguir accediendo:
- Vehículos de personas con movilidad reducida (PMR) correctamente señalizados como TEPMR e inscritos en el sistema de Madrid Zona de Bajas Emisiones.
- Vehículos históricos, reconocidos oficialmente y con distintivo «H» en el Registro de la DGT.
- Vehículos de emergencias, como ambulancias, coches patrulla o unidades de bomberos.
Fuera de estos supuestos no hay excepciones permanentes, aunque pueden solicitarse permisos temporales por razones profesionales, sanitarias o por la entrega inminente de un vehículo nuevo, siempre con justificación y una validez limitada.
Situación del resto de vehículos
Las restricciones varían en función de la pegatina ambiental otorgada por la DGT, de modo que no todos los coches se verán afectados de la misma forma.
Distintivo B
Los vehículos con etiqueta B (gasolina entre 2001 y 2005 y diésel entre 2006 y 2013) no tendrán límites para circular por el municipio, es decir, dentro de la ZBE general. Sin embargo, su acceso al Distrito Centro solo estará permitido si se dirigen a un aparcamiento, si están domiciliados en Madrid capital o si cuentan con una invitación de un residente (hasta 20 al mes).
Distintivo C
Los coches con etiqueta C (gasolina desde 2006 y diésel desde 2014) pueden desplazarse sin trabas por toda la ciudad, aunque también tienen restricciones en Distrito Centro y Plaza Elíptica, donde únicamente pueden acceder en las mismas condiciones que los B: destino a un parking, residencia en la capital o invitación de un vecino empadronado.
Distintivo ECO
Los vehículos ECO —entre ellos híbridos no enchufables, microhíbridos (MHEV), híbridos enchufables con menos de 40 km de autonomía eléctrica y modelos propulsados por gas (GNC o GLP)— disponen de libertad de circulación por toda Madrid, incluidas las áreas más reguladas. Además, disfrutan de ventajas extra como descuentos en parquímetros y aparcamientos públicos.
Distintivo CERO
Los coches CERO, que incluyen modelos 100% eléctricos, híbridos enchufables con más de 40 km de autonomía y los de hidrógeno, gozan de total libertad de acceso a cualquier punto de la ciudad. A estas facilidades se añaden beneficios como estacionamiento bonificado, prioridad de acceso y permiso para circular incluso en episodios de alta contaminación.