Tráfico

La DGT puede dar de baja tu coche… sin tu autorización

Si no tienes seguro y no has pasado la ITV puedes estar en la lista. También se quiere limitar el tiempo de baja temporal

¿Es diciembre el mejor mes para comprar un coche?
¿Es diciembre el mejor mes para comprar un coche?Ricardo RubioEuropa Press

La DGT está preparando una herramienta para poder dar de baja los coches más antiguos que no tengan seguro en vigor y no hayan pasado la ITV, sin la previa autorización de los propietarios. Es una de las fórmulas que se quiere utilizar para maquillar la realidad de que España tiene el parque de automóviles más viejos de Europa, con una edad media de unos catorce años. De esta forma, si se retiran varios miles de automóviles de la circulación, entienden que la edad media se rejuvenecerá ligeramente. Y para ello utilizará lo que se ha dado en llamar la baja de oficio.

Esta es una de las medidas más polémicas que ha dispuesto esa dirección de Tráfico y que ya han sido publicadas en el Boletín Oficial del Estado, en concreto dentro del Real Decreto 265/2021 del pasado 13 de abril que trata de los vehículos que, según su criterio, no el de los propietarios, han finalizado su vida útil. Y, por lo tanto, hay que retirarlos de la circulación. La disposición trata una modificación del Reglamente General de Vehículos que establece un límite a las bajas temporales de un vehículo. Se añade un apartado en el que establece la posibilidad de llevar a cabo la llamada “baja de oficio” de un vehículo si no cumple determinados requisitos y que se pretende llevar a cabo sin que ni siquiera el propietario tenga conocimiento de que le pueden retirar la autorización de circulación de su automóvil. Algo realmente chocante y polémico.

EL Real Decreto establece literalmente: “anotar de oficio la baja definitiva de los vehículos que no hayan estado asegurados o hayan superado la ITV durante los últimos diez años. La baja de oficio se anotará previa resolución motivada de la Jefatura Provincial de Tráfico y garantizará en un momento posterior, la rehabilitación y puesta en circulación del vehículo si el titular del mismo acredita la existencia del mismo y el cumplimiento de los requisitos para obtener el permiso de circulación”.

Es decir, que, si la DGT ve que no tienes seguro desde hace diez años y no has pasado la ITV en ese tiempo, puede dar de baja tu coche de oficio sin previo aviso. Todo ello para figurar que el parque automovilístico nacional no es tan viejo como en realidad es. La medida podría estar ya siendo estudiada por bufetes de abogados y por asociaciones de defensa del automovilista para poderla recurrir.

Por otra parte, la DGT busca asimismo modificar la actual disposición sobre bajas temporales. Se modifica el período en el que se puede mantener un coche en esta situación y se limita a tan solo un año para esta situación legal. Si el propietario del vehículo no pide una prórroga a este plazo, el automóvil pasa automáticamente a estar en situación activa, lo que significa que se vuelve a entrar en la rueda de tener que pagar los impuestos y tasas que correspondan, además de la obligatoriedad de pasar la ITV. Todo ello, aunque el coche esté parado por, por ejemplo, estar sometido a una restauración lenta y complicada y porque el propietario no tenga dinero para abordar una cara reparación o, simplemente, lo tenga aparcado en una finca o propiedad que no use.