DGT

La DGT aprueba una nueva norma que convierte en legal lo que antes te costaba una multa

La nueva normativa permite colocar la matrícula de motos y ciclomotores en posiciones antes prohibidas, siempre que se garantice su visibilidad

Calima 50, de Velca REMITIDA / HANDOUT por VELCA Fotografía remitida a medios de comunicación exclusivamente para ilustrar la noticia a la que hace referencia la imagen, y citando la procedencia de la imagen en la firma 03/09/2025
La nueva normativa permite colocar la matrícula de motos y ciclomotores en posiciones antes prohibidas, siempre que se garantice su visibilidadVELCAEuropa Press

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha aprobado una modificación normativa que supone un cambio importante en la forma de instalar las placas de matrícula en vehículos ligeros como ciclomotores, motocicletas, triciclos y cuatriciclos. Lo que antes podía acarrear una multa por colocación incorrecta, ahora se convierte en una opción legal bajo ciertas condiciones.

La nueva regulación otorga mayor libertad en el posicionamiento de la placa identificativa, siempre que se garantice su visibilidad y legibilidad en todo momento. Esto elimina las restricciones anteriores que exigían una ubicación fija en la parte posterior del vehículo.

La Orden PJC/780/2025, publicada en el Boletín Oficial del Estado, establece que estos vehículos deberán portar una única placa en posición vertical o casi vertical en la parte trasera, pero con flexibilidad en su ubicación específica. En el caso de los cuatriciclos, se añade la posibilidad de instalar una matrícula delantera opcional, algo que hasta ahora no estaba contemplado.

Este cambio suprime las directrices anteriores que imponían una localización estricta, abriendo la puerta a configuraciones más adaptadas a la estructura del vehículo o a criterios estéticos, sin comprometer la identificación.

Lo que deben saber los conductores

Para los propietarios de motocicletas y vehículos similares, esta nueva norma supone una mayor flexibilidad a la hora de instalar la matrícula trasera. Sin embargo, la visibilidad sigue siendo obligatoria, por lo que no se permite ocultarla ni dificultar su lectura.

Se recomienda consultar el texto completo de la Orden PJC/780/2025 para conocer todos los detalles técnicos y asegurarse de cumplir con los requisitos. La Ley de Seguridad Vial sigue siendo el marco principal para garantizar que estas modificaciones se apliquen correctamente.