Política

Solo la Región de Murcia y Castilla y León tienen limitación de mandato de su presidente

La modificación de la Ley del Presidente saldrá previsiblemente adelante este jueves con el apoyo de los partidos que soportan al Ejecutivo

El presidente de Murcia, Fernando López Miras (c), interviene durante la sesión de control al gobierno celebrada este miércoles en la Asamblea Regional de Murcia en Cartagena. EFE/Marcial Guillén
El presidente de Murcia, Fernando López Miras (c), interviene durante la sesión de control al gobierno celebrada este miércoles en la Asamblea Regional de Murcia en Cartagena. EFE/Marcial GuillénMarcial GuillénEFE

Sólo la Región de Murcia y Castilla y León tiene limitación de mandato de su presidente y Andalucía lo tiene firmado esta legislatura, para aplicarlo desde la próxima.

El resto de Comunidades (14) no cuentan con limitación de mandatos, incluso alguna que tuvo, como Extremadura, la derogó cuando el PSOE llegó a la Presidencia de la Comunidad en 2019 al reformar la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del Estatuto de los Cargos Públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

En Extremadura, su tramitación fue aprobada por el procedimiento de lectura única sin posibilidad de incluir enmiendas.

De igual forma, en Castilla-La Mancha hubo limitación de mandatos hasta que en 2019, gobernando los socialistas, PSOE y PP estuvieron a favor de eliminar la limitación al reformar la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.

Por su parte, La Rioja lo tiene contemplado en la reforma del Estatuto de Autonomía que se está tramitando.

Bélgica, Dinamarca, Luxemburgo, Holanda, Noruega, Suecia, Reino Unido y España no recogen, ni en sus constituciones ni en su ordenamiento jurídico, una limitación de los años o mandatos que su primer ministro o presidente del Gobierno puede ocupar el cargo.

La limitación de mandatos es una institución propia de los modelos presidencialistas, en donde el Jefe del Estado recibe un mandato de duración determinada de manos del cuerpo electoral.

Esto no ocurre con un modelo parlamentario, en el que el presidente del gobierno recibe un voto de confianza por parte de la Cámara, que puede ser retirado en cualquier momento. Además, está expuesto al control permanente del legislativo.

En esta línea, las limitaciones de mandatos no tienen referente en la legislación española --ni en la propia Constitución, ni en la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, ni en la legislación básica de Régimen Local ni en los diferentes estatutos de autonomía de las Comunidades Autónomas, hasta el momento--. Lo que sí recoge la legislación española es el derecho de cualquier persona a elegir y a ser elegidas.

Desde el PP defienden que el “debate para encuadrar las limitaciones del derecho fundamental al sufragio pasivo no debe realizarse en una administración determinada o en una comunidad autónoma concreta, sino que debería, en todo caso, hacerse en un debate general y nacional que ordene, coordine e incluso dé cobertura constitucional al mismo”.

No puede ser que una ley autonómica establezca que alguien no se pueda presentar a unas elecciones”, han argumentado.

Han defendido que eliminar la limitación de mandatos es “volver a la normalidad jurídica”, ya que, actualmente, sólo una Ley Orgánica puede regular materias que afecten al desarrollo directo del derecho fundamental de participación política.

Por tanto, han argumentado, la Asamblea Regional de Murcia no puede erigirse en foro de discusión sobre cuestiones que exceden el ámbito competencial y territorial de este Parlamento y de la propia comunidad autónoma.

La Ley Orgánica Electoral sólo declara inelegibles, es decir, impide que sean candidatos electorales, entre otros, a los miembros del Tribunal Constitucional, del Tribunal Supremo, del Consejo de Estado y otros numerosos altos cargos, pero, en todos los casos, los que están incursos en estas causas de inelegibilidad pueden evitar la prohibición de ser candidato con tan solo renunciar a los puestos que los hacen inelegibles o, en el caso de funcionarios públicos, solicitando el pase a la situación administrativa que corresponda con reserva de plaza, en su caso (con muy escasas excepciones).

En estos supuestos, no existe una limitación arbitraria del derecho de participación porque los afectados pueden evitar la prohibición cambiando su situación representativa o administrativa, opción, sin embargo, que no tendría el afectado por la limitación de mandato que se vería radicalmente excluido de su derecho de acceso a cargo público.

PP: “La limitación no tiene referente”

El PP ha justificado que las limitaciones de mandatos “no tienen referente en la legislación española, ya sea la propia Constitución, la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, la legislación básica de Régimen Local o los diferentes estatutos de autonomía de las comunidades”.

A su juicio, el debate para encuadrar las limitaciones del derecho fundamental al sufragio pasivo “no debe realizarse en una administración determinada o en una comunidad autónoma concreta, sino que debería, en todo caso, hacerse en un debate general y nacional que ordene, coordine e incluso dé cobertura constitucional al mismo”.

El grupo de Ciudadanos y los “libres de Vox” lo apoyarán

El Grupo Parlamentario de Ciudadanos ya ha ratificado que apoyará la modificación. “Queremos sumar al PSOE a esta reforma, al ser similar a las que ya han promovido y apoyado los socialistas en comunidades como Castilla-La Mancha o Extremadura en esta misma legislatura”, ha señalado el portavoz liberal, Francisco Álvarez.

Por su parte, el portavoz del Grupo Parlamentario ‘Libre’ de Vox, Juan José Liarte, ha anunciado que su formación votará a favor de la modificación. “La limitación de mandatos no es una previsión constitucional, y sí que lo es, por el contrario, la garantía del derecho de sufragio, tanto el activo como el pasivo”, ha añadido.

La oposición, en contra

El PSOE, en cambio, ha criticado que López Miras, “después de comprar voluntades, después de secuestrar la Asamblea junto con otros tránsfugas, ahora también incumple otro mandato del acuerdo de gobierno entre PP y Cs: limitar hasta 8 años el tiempo en el que podía estar un presidente regional en el cargo, ahora lo quiere hacer indefinido”.

“Ese es el presidente regional que sufrimos en la Región y su mayoría comprada de tránsfugas”, según los socialistas, que lamentan que, con la reforma de la Ley del Presidente, López Miras y su gobierno de “tránsfugas” vuelven a poner de manifiesto “que lo único que les importa es mantenerse en el poder, cueste lo que cueste, comprando a quien haya que comprar, y dejando a un lado los problemas y necesidades de la ciudadanía”.

Para la portavoz regional de Podemos, María Marín, las intenciones del presidente le convierten “oficialmente en un sátrapa”. Ha acusado al PP de “gobernar la Región como una autocracia”, en la que “con tan sólo un tercio de los votos, el ejecutivo regional se salta cualquier mecanismo de control democrático y de rendición de cuentas”.

En cuanto a Cs, ha denunciado públicamente el “retroceso democrático” que supone derogar la limitación. “Con la ayuda de los diputados tránsfugas, será modificada este jueves en la Asamblea por el PP con el único objetivo de permitir a López Miras perpetuarse en el cargo mientras los autónomos, pymes y familias murcianas siguen sufriendo las consecuencias de la pandemia”, según la formación naranja.

El diputado de Vox, Pascual Salvador, ha afirmado que su partido se mantendrá “al margen del juego de trileros que el PP, junto a tránsfugas y expulsados, han convertido a la Asamblea, absteniéndonos a la modificación ‘Ad Hoc’ que ellos mismos habían aprobado y ahora, que no les interesa, quieren cambiar con urgencia”.

El coordinador regional de IU-Verdes, José Luis Álvarez-Castellanos, ha criticado que esta propuesta del PP es una “total aberración democrática, una involución” y una “anomalía más en la deriva antidemocrática que el PP ha tomado”. A ello se une que López Miras “también está planteando elevar al 5% del límite electoral para obtener representación”, lo que perjudicaría a los partidos minoritarios en una Región que es “plural”.