El ambigú

La amnistía del hijo pródigo

Ya no se trata de otorgar el perdón a través de indultos, sino de pedir perdón a aquellos que han quebrantado el orden constitucional y el orden público

Qué difícil resulta sustraerse a la posible amnistía de la que tanto se barrunta y de la que todavía no conocemos su plasmación prelegislativa. Muchas cosas acontecen en el Mundo y en España, pero este tema nos tiene absortos y sumamente preocupados. Como adelanté en esta misma Tribuna su acomodo a la Constitución es más que discutible, pocas dudas existen, y sobre su oportunidad o inoportunidad política mucho se ha dicho. Como decía Quevedo en un país en el que no hay justicia es peligroso tener razón, y yo añadiría, que en un país donde la actuación debida y exigida por la ley al poder judicial plantea tantos problemas políticos como pretextan algunos, algo raro y peligroso puede estar pasando. Ahora pareciera que la actuación judicial en relación con los acontecimientos en Cataluña en 2017 fue una injusticia o en definitiva algo que se pudo y debió haberse evitado, así como la aplicación del art. 155 de la Constitución, acción plenamente validada, esta sí, por el Tribunal Constitucional; la STC 89/2019 reconoce que se atentó contra el interés general de España en cuanto se discutió la preservación misma del Estado español, intentando cuestionar su unidad e integridad territorial y constitucional; se ignoró que España se trata de un Estado también único o común para todos y en todo el territorio, sin perjuicio de su articulación compuesta o compleja por obra del reconocimiento constitucional de autonomías territoriales, pretendiéndose la ruptura del orden constitucional, ignorando que una comunidad autónoma no es un ente soberano, sino que, por el contrario, está sometido a la Constitución, al Estatuto de Autonomía y al resto del ordenamiento jurídico. Se determinó que la inmensa mayoría de las medidas adoptadas en aplicación del art. 155 CE fueron adecuadas y necesarias para las finalidades de restauración del orden constitucional, esto es, para evitar o en su caso restaurar los efectos de una eventual declaración de independencia y el posterior desarrollo del proceso constituyente. Esto ocurrió y está plasmado en una sentencia de nuestro Alto Tribunal, y ello, por supuesto al margen de los delitos cometidos y que ya han sido condenados por el Tribunal Supremo. Esto es imposible de olvidar y sobre todo de borrar, y cuestionarlo un peligroso acto. Ahora la pregunta es qué imagen se puede estar trasladando a la opinión pública nacional y europea sobre el trabajo del Poder Judicial español y de su Tribunal Constitucional. Un poder judicial independiente es la garantía esencial del ordenamiento democrático, ofreciendo seguridad jurídica y las garantías imprescindibles para una convivencia democrática. El fin esencial del poder judicial es resolver conflictos y no crearlos, y pareciera que la actuación del poder judicial, tanto la consumada como la que está en ciernes, se convirtieran en un obstáculo en sí mismo para la convivencia democrática, tan increíble como obsceno en términos democráticos. ¡Qué paradoja!, se trata de descalificar la actuación del poder judicial con todo lo contrario a su esencia y funcionalidad. ¡El mundo al revés! Ya no se trata de otorgar el perdón a través de indultos, sino de pedir perdón a aquellos que han quebrantado el orden constitucional y el orden público. La parábola del hijo pródigo es una de las más difíciles de comprender, pero no cabe duda de su actualidad y fuerte inspiración que está provocando lo que se ve. Decía Gandhi que hay un tribunal superior a los tribunales de justicia y ese es el tribunal de conciencia. Sustituye a todos los demás tribunales, y de la propia conciencia nadie se escapa, tarde o temprano te atrapa. La constitución y el orden constitucional prevalecerán tarde o temprano, y esto es inevitable.