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Desalojo

Esta es la herramienta para protegerte contra okupaciones con la nueva ley antiokupas

Este experto, al contrario que otros, pone en duda su posible efectividad y explica qué será necesario para que realmente lo sea

Los Mossos durante un desalojo Europa Press

Los okupas siguen dando que hablar. Los agentes de la Policía Nacional, han detenido a un hombre, de origen colombiano y de 24 años de edad, por okupar una vivienda en la ciudad de Ibiza. Por el aviso de una vecina, descubrieron que el individuo estaba cometiendo un delito de usurpación de un bien inmueble y una infracción a la Ley de Extranjería, ya que carecía de documentación que le permitiera residir regularmente en España. Alegó le habían pagado 50 euros por mantenerse en su interior cuando entró la Policía, que pudo hacerlo por el testimonio de la mencionada vecina.

Esta actuación rápida de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad solo se puede dar cuando se está cometiendo el acto o hay testigos que prueban que el delito es inminente. De lo contrario, deriva en un proceso judicial, que, hasta ahora, es bastante lento. Todo cambiará este miércoles 3 de abril con la entrada en vigor de laLey Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, es decir, la reforma en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim).

Esta es la reforma en la ley antiokupas

La nueva normativa permitirá que los delitos de allanamiento de morada y usurpación de vivienda se tramiten bajo el procedimiento de juicios rápidos, por lo que los desahucios se producirán en un plazo de 15 días desde su puesta a disposición judicial. Por tanto, los casos de okupas se incorporarán a la lista de delitos menos graves que pueden ser tramitados por la vía rápida tras la modificación del artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim).

¿Será efectiva la nueva ley?

"Se puede acudir a la comisaría de Policía más cercana o al juzgado de guardia directamente a formular esa denuncia y se abre la tramitación de este procedimiento que debería dar lugar a un juicio en muy pocos días", explicaba Mónica una abogada en TikTok. Sin embargo, Moradai, otro experto en la materia no está tan seguro. Tras explicarla en su vídeo, lanza su opinión: "Cambia bastante poco para aquellos que nos preocupa la seguridad de nuestra vivienda", afirma.

Enfoca un artículo, que no especifica cuál es, y explica lo siguiente: "Ya habilitaba los juicios rápidos para aquellos delitos que son flagrantes, es decir, que se están cometiendo en el acto". Sigue defendiendo su postura: "Que estos delitos se puedan tramitar por la vía de juicio rápido no significa que se vayan a agilizar los desalojos, los okupas van a poder seguir presentando tickets de comida, contratos de alquiler y testimonios falsos, que lo que van a hacer es que estos juicios rápidos acaben en los procesos lentos y costosos que todos conocemos", argumenta. Sin embargo, en principio, con esta nueva ley también irán por la vía rápida las okupaciones en las que el okupa ya esté dentro.

La herramienta para acabar con los okupas

Pese a ser pesimista con la nueva reforma que entra en vigor, el experto explica que si hay una técnica para garantizar el desalojo prácticamente inmediato: "Ahora esto se ha acabado porque cualquier propietario con un certificado de morada podrá acreditar que ningún okupa ha estado realmente viviendo en su vivienda", desvela. Este documento sería la prueba necesaria para agilizar todo el proceso. "Ante cualquier allanamiento, efectivamente, la ley puede actuar en un tiempo mínimo", resuelve. Por lo tanto, para él, la clave es demostrar que la nueva vivienda constituye morada, aunque la reforma también contempla la vía rápida para los casos de usurpación.