Alerta

La Guardia Civil te puede multar con 30.000 euros si usas estas "llaves prohibidas"

La Benemérita explica por qué este objeto esta prohibido y cuáles son las consecuencias de su uso

La Guardia Civil te puede multar con 30.000 euros si usas estas "llaves prohibidas"
La Guardia Civil trata de mantener informados a los ciudadanos a través de sus redes sociales@guardiacivil Tik Tok

Entre los objetos que siempre llevamos con nosotros, están las llaves. Ya sean las de nuestra casa, las del edificio donde vive un familiar o de nuestro garaje, llevarlas encima es primordial cada vez que salimos a la calle, sobre todo si no hay nadie que no pueda abrirnos desde dentro. Pero hay un tipo de llave en concreto que debemos evitar llevar, puesto que la Guardia Civil nos puede multar con hasta 30.000 euros.

La benemérita utiliza sus redes sociales para hacer más accesible a los ciudadanos cierta información de interés. Ya sean normas de Seguridad Vial o materia de ciudadanía, así como importantes intervenciones de los agentes o alertas sobre timos o estafas, tratan de mantener informados a los internautas siempre que puedan. En uno de sus vídeos publicados en la redes, lanzaron esta importante advertencia.

Así es la "llave prohibida" por la que la Guardia Civil te puede multar con hasta 30.000 euros

El Instituto Armado publicó un vídeo en su cuenta de TikTok en el que una agente sostiene un objeto que parece una llave, de color naranja. Pero que cuando pasa ligeramente uno de los tres botones que tiene, aparece una pequeña cuchilla.

Este objeto en concreto es una especie de navaja que aparece camuflada en forma de llave. Un tipo de armas que están prohibidas, según establece la Guardia Civil, y por tanto "puede llevar una sanción económica".

Según el vídeo, esta llave que han utilizado como muestra la encontraron "durante uno de los dispositivos de seguridad ciudadana que realizó recientemente la unidad especializada en prevenir la delincuencia (Usecic) de Zaragoza encontraron lo que aparentemente es una llave".

La norma aparece registrada en la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana, concretamente en el artículo 36 de la ley. En él, se detalla cuáles son las infracciones graves, como es el caso de "portar, exhibir o usar armas prohibidas, así como portar, exhibir o usar armas de modo negligente, temerario o intimidatorio, o fuera de los lugares habilitados para su uso". Sí es cierto que se puede contar con una licencia para su uso, pero en el caso de no tenerla o usarla fuera de los lugares habilitados de los que habla la normativa, se considerará infracción. La multa, en función de la gravedad del delito, puede ir desde los 601 hasta los 30.000 euros.