Galicia
La Guardia Civin investiga a un conductor que circulaba a 229 km/h en una zona de viviendas de Lugo
Fue descubierto gracias al vídeo que él mismo se grabó
La Guardia Civil, gracias a la colaboración ciudadana, tuvo conocimiento de la existencia de un video subido en una red social a finales de agosto en el que se veía un vehículo que circulaba a 229 km/h. La grabación efectuada en la carretera LU-120 (Villalba - Paraxes), término municipal de Villalba (Lugo), se puede observar como el conductor de un turismo se grabó con un teléfono móvil asido con la mano izquierda, y llegó a alcanzar esa velocidad en una vía limitada a 90 km/h. Es una zona próxima a viviendas y rebasó varios cruces peligrosos debidamente señalizados y se cruzó con al menos un ciclista y dos vehículos.
Estos hechos pueden ser constitutivos de delito de conducción temeraria y conducción a velocidad excesiva, al efectuarse inmerso en la circulación, al contravenir las más elementales normas de seguridad y con evidente riesgo no solo del propio conductor, sino también de al menos un ciclista y los conductores de los vehículos que circulan con dirección opuesta.
La Guardia Civil logró identificar el vehículo utilizado y al supuesto conductor, que es investigado como presunto autor de dos delitos contra la seguridad vial, uno por conducción temeraria y otro por conducción a velocidad excesiva. Tiene 21 años de edad y ha sido puesto a disposición del Juzgado de Instrucción de Villalba (Lugo).
La Guardia Civil recuerda, que la conducción de un vehículo de motor o ciclomotor con temeridad manifiesta, y poniendo en concreto peligro la vida o la integridad de las personas, está castigado en el Código Penal, con las penas de prisión de seis meses a dos años, y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años, y que para el delito de conducción a velocidad excesiva el Código Penal contempla penas de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro año
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