Galicia

La Guardia Civin investiga a un conductor que circulaba a 229 km/h en una zona de viviendas de Lugo

Fue descubierto gracias al vídeo que él mismo se grabó

Patrulla de Tráfico de la Guardia Civil
Patrulla de Tráfico de la Guardia CivilArchivo

La Guardia Civil, gracias a la colaboración ciudadana, tuvo conocimiento de la existencia de un video subido en una red social a finales de agosto en el que se veía un vehículo que circulaba a 229 km/h. La grabación efectuada en la carretera LU-120 (Villalba - Paraxes), término municipal de Villalba (Lugo), se puede observar como el conductor de un turismo se grabó con un teléfono móvil asido con la mano izquierda, y llegó a alcanzar esa velocidad en una vía limitada a 90 km/h. Es una zona próxima a viviendas y rebasó varios cruces peligrosos debidamente señalizados y se cruzó con al menos un ciclista y dos vehículos.

Estos hechos pueden ser constitutivos de delito de conducción temeraria y conducción a velocidad excesiva, al efectuarse inmerso en la circulación, al contravenir las más elementales normas de seguridad y con evidente riesgo no solo del propio conductor, sino también de al menos un ciclista y los conductores de los vehículos que circulan con dirección opuesta.

La Guardia Civil logró identificar el vehículo utilizado y al supuesto conductor, que es investigado como presunto autor de dos delitos contra la seguridad vial, uno por conducción temeraria y otro por conducción a velocidad excesiva. Tiene 21 años de edad y ha sido puesto a disposición del Juzgado de Instrucción de Villalba (Lugo).

La Guardia Civil recuerda, que la conducción de un vehículo de motor o ciclomotor con temeridad manifiesta, y poniendo en concreto peligro la vida o la integridad de las personas, está castigado en el Código Penal, con las penas de prisión de seis meses a dos años, y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta seis años, y que para el delito de conducción a velocidad excesiva el Código Penal contempla penas de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro año