Coronavirus
Claves para entender las medidas fiscales aplicadas por el Gobierno en Andalucía
El despacho de abogados Ontier España ha elaborado un boletín en el que analiza las principales medidas –en el ámbito de la fiscalidad– decretadas por el Gobierno para hacer frente al impacto económico y social derivado de la crisis del COVID-19.
Aplazamiento de impuestos para pymes y empresas
Concesión automática de aplazamientos sobre cualquier deuda tributaria igual o inferior a 30.000 euros, generada entre el 13 de marzo y el 30 de mayo de 2020, siempre que el mismo no tenga la consideración de “Gran Empresa”, o lo que es los mismo, que no haya facturado más de seis millones de euros) . Se podrán aplazar todas aquellas deudas correspondientes a retenciones de ingresos a cuenta, IVA y pagos fraccionados del Impuesto de Sociedades, sin que se devenguen los intereses durante un plazo de tres meses.
Sin embargo, la citada normativa no especifica el cauce procedimental que deben seguir los obligados tributarios que deseen solicitar el aplazamiento de sus deudas tributarias. Para solventar esta problemática, la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) ha emitido, el 16 de marzo de 2020, las “Instrucciones provisionales para solicitar de forma telemática el aplazamiento previsto en el Real Decreto Ley COVID 19”.
A estos efectos, y una vez que el obligado tributario se haya identificado a través de la sede electrónica y haya pulsado sobre “Aplazamiento y Fraccionamiento” “Presentar solicitud”, la AEAT ha habilitado una casilla denominada “Solicitud acogida al Real Decreto Ley 7/2020 de 12 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19”.
Desde el despacho de abogados aseguran que, “aunque se puede afirmar que el aplazamiento de las deudas tributarias que cumplan con los requisitos contenidos en la normativa citada será concedido en todo caso, ello no supone una concesión automática por la mera presentación de la solicitud de aplazamiento, ya que la AEAT tramitará la citada solicitud para comprobar el cumplimiento de los requisitos expuestos con anterioridad”.
Andalucía
La comunidad autónoma ha ampliado a tres meses el plazo para la presentación y pago de las autoliquidaciones del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, el ITP, impuesto sobre transmisiones patrimoniales, y el AJD, actos jurídicos documentados.
Respecto a las limitaciones para las actividades comerciales y el transporte, en Andalucía se han suspendido los espectáculos, la apertura de establecimientos públicos y de ocio y los comerciales minoristas. Por otra parte, en el caso de la hostelería, podrán permanecer abiertos los establecimientos que exclusivamente realicen entregas a domicilio o para la recogida y consumo en el domicilio. Además, también se suspenden las restricciones de carga y descarga y de circulación de camiones de todos los ayuntamientos de la comunidad para facilitar el abastecimiento de comercios de productos y bienes de primera necesidad.
En cuanto al transporte, la Orden adopta las siguientes medidas:
Limitación de la movilidad no obligada de los ciudadanos, tal y como prevé el RD 463/2020
En cuanto al transporte regular de viajeros de uso general por carretera, se reduce a los siguientes porcentajes:
- Interprovincial: reducción del servicio hasta el 50% y ocupación máxima por vehículo del 50%.
- Provincial: reducción del servicio hasta el 40% ocupación de los vehículos de hasta el 50%.
- Metropolitano: reducción del servicio hasta el 30% en los intervalos de hora punta y de hasta el 75% en las horas valle y festivos.
Por lo que respecta al transporte en ferrocarril, se reducirá el servicio hasta el 30% en las horas punta y hasta el 50% en las horas valle y festivos.
Para la reducción de estos dos servicios (autobús y ferrocarril) los operadores deberán presentar una propuesta de reducción ante la Consejería competente en materia de transporte, que garantice el acceso a los puestos de trabajo y los servicios básicos por parte de la población, con especial atención a las líneas que comuniquen hospitales y centros sanitarios. Dicha propuesta debe ser aprobada por la Consejería antes de ser llevada a efecto.
En cuanto al transporte urbano, se deberán adoptar las siguientes medidas por los operadores:
- Desocupación de las 3 primeras filas si no hay mampara de protección entre los viajeros y el conductor.
- En las estaciones habrán de adoptarse medidas anti-aglomeraciones y contra la alta ocupación de vehículos, de forma que los viajeros deban mantener una distancia mínima de 1 metro entre ellos, incluso cuando la venta de billetes se haga con asientos asignados.
- En el transporte de autobús metropolitano sólo se permitirá el pago mediante tarjetas de transporte.
- En el transporte urbano por ferrocarril se recomendará el pago mediante tarjetas de transporte y su recarga por internet.
Todos los medios de transporte deberán ser desinfectados al menos una vez al día.
Oficinas de la Agencia Tributaria
Todas las oficinas de la Agencia Tributaria permanecerán cerradas durante el periodo de tiempo que se prolongue el estado de alarma, pero se mantiene el funcionamiento con normalidad de las Notificaciones Electrónicas, mientras se prolongue esta situación, aunque el plazo de diez días para recoger la notificación en la Dirección Electrónica Habilitada (DEH) se considera suspendido por la entrada en vigor del estado de alarma.
Ampliación de otros trámites
Ampliación de los plazos para determinados procedimientos y trámites tributarios, como las liquidaciones y providencias de apremio, los acuerdos para el aplazamiento y fraccionamientos concedidos, las subastas y adjudicaciones de bienes, los requerimientos, las diligencias de embargos y las solicitudes de información con trascendencia tributaria. Además, también se amplía el plazo para los procedimientos de aplicación de tributos, sancionadores y de declaración de nulidad, devolución de ingresos indebidos, rectificación de errores materiales y de revocación. En términos generales, los plazos se amplían al 30 de abril (para aquellos de estos procedimientos iniciados antes del 18 de marzo) o al 20 de mayo (para los notificados a partir del mencionado 18 de marzo).
Luis Miguel Martín, socio director de Ontier en Andalucía, asegura que desde el despacho ofrecen "un asesoramiento gratuito en cuestiones laborales y tributarias, así como en los aspectos jurídicos, contratos y en actividades mercantiles” con el objetivo “de proteger la continuidad de la actividad productiva” de las empresas.
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