Sucesos

Condenan al alcalde de Las Cabezas de San Juan como coautor de acoso laboral a una trabajadora

El Alto Tribunal andaluz revoca parcialmente una primera sentencia que condenaba a la asociación donde trabajaba la víctima y absolvía al primer edil del municipio sevillano

La sede del TSJA
La sede del TSJAlarazon

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado al alcalde de la localidad sevillana de Las Cabezas de San Juan, Francisco José Toajas (PSOE), como coautor de acoso laboral a una trabajadora de una asociación de desarrollo rural de la que es presidente.

En una sentencia fechada el 11 de febrero, la Sala de lo Social del TSJA estima el recurso presentado por la víctima contra la sentencia dictada el 18 de julio de 2019 por el Juzgado de lo Social número 9 de Sevilla, que condenó a la Asociación para el Desarrollo Local de la Comarca del Bajo Guadalquivir (Adelquivir) y a su exgerente José Antonio Navarro pero absolvió a Toajas.

El alto tribunal andaluz revoca parcialmente esa sentencia, de modo que condena a Toajas por vulneración del derecho fundamental al honor, a la dignidad personal y profesional y la propia integridad física y, como ya hizo el juez de lo Penal con Navarro y Adelquivir, le impone el pago solidario de una indemnización de 6.251 euros a la trabajadora.

La víctima entró en la asociación en junio de 2008 con la categoría de técnica medio, mientras que Navarro fue condenado en 2012 por acoso sexual a una empleada de la Mancomunidad de Municipios del Bajo Guadalquivir, en la que él era gerente cuando ocurrieron esos hechos, entre 2006 y 2007.

El juez de lo Penal consideró probado que entre ambos surgió una “problemática” basada en que el gerente “consideraba” que ella “había filtrado la información” sobre esa condena a varios medios.

En marzo de 2016, tras cursar varios procedimientos de incapacidad laboral por ansiedad “derivada de un conflicto laboral”, la trabajadora envió un correo al gerente en el que le expresó su “disconformidad” con su “actuación” y le indicó que “podía dirigirse directamente al presidente si no estaba conforme con su trabajo”.

También le aseguró que no era una “chivata”, sino “sólo la cuñada” de una exalcaldesa de Lebrija que presidía la Mancomunidad del Bajo Guadalquivir cuando Navarro fue condenado.

La empleada se reincorporó al trabajo en agosto de 2016 y recibió la orden de realizar tareas de “contabilidad”, a lo que siguieron varios episodios que hicieron que en 2017 pidiese otra incapacidad, hasta que en noviembre comunicó a la asociación que estaba siendo “hostigada” por el gerente desde su condena por acoso sexual.

El 4 de enero de 2018, el presidente y el gerente de Adelquivir firmaron la “reorganización” del trabajo y la empleada fue relegada a “tareas meramente administrativas” y a un despacho separado del resto de sus compañeros.

El TSJA, en una sentencia adelantada por Abc y a la que ha tenido acceso Efe, considera que “carece de sentido” condenar al gerente como “autor material y directo” del acoso, así como a la asociación, y no extender la responsabilidad al presidente de Adelquivir.

“Como superior del gerente, mantuvo una actitud pasiva” con su “demora en la activación del protocolo antiacoso ante los hechos que conocía que se estaban produciendo y podría haber evitado”, dice el alto tribunal, que recalca que Toajas “propició aún más” ese acoso “al delegar en el gerente las funciones de jefatura de personal”, lo cual “equivalía a darle más poder todavía sobre la trabajadora acosada”.

El TSJA concluye que Toajas “incluso coadyuvó material y directamente” al acoso “al ser coautor y primer responsable de la reorganización de funciones” por la que “se degrada” a la trabajadora “y se la aísla físicamente del resto del personal”.

La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, también obliga a los condenados a pagar las costas del abogado de la trabajadora.