Primarias en el PSOE-A
Ferraz valida el censo provisional ampliado con 184 afiliaciones que cuestiona el equipo de Díaz
El incremento se ha producido en la agrupación municipal de Almería capital y acabará en los tribunales
La Comisión Federal de Ética y Garantías relativa al proceso de primarias en el PSOE-A para la elección del candidatO a la Presidencia de la Junta de Andalucía ha avalado la “validez” en el censo provisional de 184 afiliaciones en la agrupación municipal de Almería capital que fueron cuestionadas desde la dirección provincial del PSOE, una decisión que la precandidatura de la secretaria general del PSOE-A, Susana Díaz, va a recurrir en los tribunales.
Así lo han confirmado este sábado a Europa Press fuentes de dicha precandidatura, después de que la citada Comisión Federal de Ética y Garantías haya resuelto “declarar nula y sin efectos” una resolución, de 17 de mayo de 2021, de la Comisión Regional de Garantías Electorales sobre ‘afiliaciones irregulares en el Censo Provisional de lasprovincias de Almería y Córdoba’, que acordó “requerir al Departamento de Atención a la Militancia y Censos” para que procediera “a subsanar las irregularidades detectadas” en ambos territorios y excluyera “del Censo Electoral definitivo del Proceso de Primarias 2021 a las personas respecto de las cuales se ha manipulado su fecha de inscripción y/o se encuentran incluidos con fecha de alta posterior a la fecha de 6 de mayo de 2021”, cuando se convocaron las primarias.
De igual modo, la citada comisión federal ha acordado, en una resolución firmada en Madrid con fecha del pasado 19 de mayo y a la que ha tenido acceso Ep, “declarar la validez del censo provisional para el proceso de primarias abierto, conforme a esta resolución, respecto de las altas cuestionadas de Almería y Córdoba”.
Según relataba la resolución de la Comisión Regional de Garantías Electorales, que ha anulado la Comisión Federal de Ética y Garantías, con fecha del pasado 14 de mayo, el Comité Organizador Provincial de Almería remitió escrito impugnando el censo provisional de la provincia por la “inclusión indebida” en el mismo, por un lado, de 78 afiliados con fecha de alta el día 7 de mayo, y, por otro, de otros 89 afiliados con fecha de alta de 10 de mayo.
En el escrito impugnatorio se relataba “cómo, a pesar de que con fecha 6 de mayo de 2021, en la que se convocaron las primarias por la Comisión Ejecutiva Federal del PSOE y en la que se cerró el correspondiente censo de votación, en la Agrupación Municipal de Almería el censo era de 860 militantes según el portal de agrupaciones del PSOE”.
Desde la dirección provincial del PSOE de Almería se alertó de que un día después, entre las 11:00 y las 15:00 horas se detectó la grabación, en la Agrupación Municipal de Almería, de 77 fichas de “nuevos militantes”, y “en todas y cada una de esas fichas grabadas” aparecía la referida fecha del 7 de mayo, “un día después del cierre del censo”.
No obstante, según continúa la resolución de la Comisión Regional de Garantías, ese mismo día, a las 18:00 horas, “se procedió a cambiar la fecha de recepción de las 77 fichas grabadas a lo largo de la mañana, apareciendo ahora la fecha de recepción la del 6 de mayo de 2021, casualmente la fecha de cierre del censo”.
Asimismo, la dirección provincial del PSOE denunció que, el lunes 10 de mayo, a las 7:00 horas, se comenzaron a “grabar nuevas fichas de militantes”, unas 60, en las que figuraba ese día como el de la fecha de recepción, si bien posteriormente en esa misma jornada “se procede a modificar” la misma “poniéndoles como nueva fecha la del cierre del censo, esto es, el 6 de mayo de 2021”.
Un afiliado, condenado a prisión
Además, la dirección provincial del PSOE de Almería alertó de que se había “tramitado una ficha” correspondiente a una persona, J. F. C. C., que, “con arreglo a los estatutos del PSOE, así como a su reglamento de desarrollo, no se debería haber tramitado”, por haber sido “condenado por el Tribunal Supremo a una pena de cinco años de prisión por un delito agravado de malversación de caudales públicos, en concurso medial con un delito continuado de falsedad en documento mercantil y un delito de fraude a la administración, condena que se encuentra cumpliendo en la actualidad”.
La resolución de la Comisión Regional de Garantías Electorales alertaba además de que este hombre había “participado activamente en la afiliación masiva” referida, y subrayaba que, “resultas de todo lo anterior, en apenas dos días desde la convocatoria de Elecciones Primarias y acordado el cierre del Censo, la Agrupación Municipal de Almería” había “pasado de tener 860 militantes a tener 1.044, lo que supone un incremento de 184 militantes en dos días, habiendo sido grabadas todas estas fichas una vez ya estaban convocadas las primarias y por tanto cerrado el censo”.
La Comisión Regional de Garantías Electorales acordó “requerir al Departamento de Atención a la Militancia y Censos para que, a la vista de los anexos” que se acompañaban a su resolución, procediera “a subsanar las irregularidades detectadas y excluya del Censo Electoral definitivo del Proceso de Primarias 2021 a las personas respecto de las cuales se ha manipulado su fecha de inscripción y/o se encuentran incluidos con fecha de alta posterior a la fecha de 6 de mayo de 2021”.
Sin embargo, la citada Comisión Federal de Ética y Garantías ha declarado nula esa decisión de la Comisión Regional en una resolución que parte de un informe del Departamento de Atención a la Militancia y la Ciudadanía que sostiene que “todas las altas enviadas” desde agrupación Municipal del PSOE de Almería “están dentro del cierre censal al haberse enviado dentro del plazo fijado”, ya que “las fechas de alta de las diferentes solicitudes son todas anteriores o hasta el mismo día del cierre censal del día 6 de mayo de 2021”.
La Comisión Federal sostiene que la Comisión Regional de Garantías Electorales de Andalucía dictó su resolución del 17 de mayo “sin competencias para ello”, por lo que “ha de resultar anulada y sin efecto”, ya que, aunque dicha comisión andaluza “es autoridad electoral en el ámbito de Andalucía, y en consecuencia para el proceso en curso de elecciones primarias para la elección del candidato/a a la Presidencia de la Junta”, dichas competencias “le corresponden” a la “Comisión Federal de Ética y Garantías como Comisión de Garantías Federales”, encargada de “supervisar la actividad del Departamento Federal de Atención al militante y la ciudadanía en la elaboración del censo electoral para las elecciones primarias”.
Anota además la comisión federal que “todas aquellas solicitudes en tramitación el día 6 de mayo, ya sea completado su proceso de registro el día 7 o el 10 de mayo, e independientemente de su fecha de registro en el portal de agrupaciones, son afiliaciones que dan derecho a estar incluidas en el censo del proceso electoral convocado”.
Por otro lado, en relación a la inclusión en el censo de J. F. C. C., la Comisión Federal resuelve que, “para salvaguardar el derecho individual a la afiliación, y no constando evidencia probatoria de ello, corresponde de forma urgente, de cara al proceso electoral en curso, dar traslado al afectado para alegaciones y al Comité Organizador Provincial de Almería para que traslade igualmente la información y evidencias que tenga al respecto”.
Fuentes del equipo de apoyo a la precandidatura de Susana Díaz en Almería consultadas este sábado por Europa Press han considerado “muy grave” esa decisión de la Comisión Federal respecto de un empresario que, según han subrayado, está “condenado por corrupción”, y han tildado de “auténtico disparate” que no se haya “resuelto nada” sobre su afiliación en el censo.
Han confirmado, por último, que desde la precandidatura de Díaz se va a “recurrir en los tribunales” para que quienes se han afiliado a la agrupación municipal en el proceso cuya validez se cuestiona no formen parte del censo válido para las primarias, cuya votación será el 13 de junio.
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