Educación

La Junta ultima los conciertos de Primaria para el marco 2023-2029

El curso que va a arrancar en septiembre cuenta con un total de 4.486 unidades concertadas por toda la comunidad

Un grupo de niños esperan a entrar en un colegio de Primaria.
Un grupo de niños esperan a entrar en un colegio de Primaria.Marta Fernández JaraEuropa Press

La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, a través de la Dirección General de Planificación, Centros y Enseñanza Concertada, ultima ya la orden para la renovación de los conciertos educativos de Primaria en el periodo que abarca el curso académico 2023-24 hasta el 2028-2029. Se trata del paso previo para que los centros privados puedan acceder al régimen de conciertos educativos para Primaria, solicitar la renovación o la modificación en el caso de centros ya acogidos.

Según el Informe la Mesa Extraordinaria de la Educación Concertada de Andalucía celebrada a final de julio, en el curso que está próximo a arrancar, el 2022-23, la comunidad contará con un total de 4.486 unidades educativas concertadas a lo largo de las ocho provincias, cifra que supone una reducción de 6 unidades respecto al anterior. La provincia de Sevilla, con 1.067 unidades concertadas, es con bastante diferencia la que registra un mayor número, de hecho supone casi el 24% del total.

No se contempla la modificación del régimen que afecta a los conciertos de las enseñanzas de Segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Formación Profesional de Grado Medio y de Grado Superior y Bachillerato toda vez que estos, al tener una duración de cuatro años, fueron renovados en el curso pasado hasta 2024/25

La nueva Orden establece las normas que regirán las convocatorias anuales para que los centros docentes privados de Andalucía soliciten la suscripción, renovación o modificación de los conciertos educativos para la enseñanza de Educación Primaria. Podrán acogerse a este régimen de conciertos los centros docentes privados que estén autorizados para impartir dicha enseñanza, se sometan a las normas establecidas en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y asuman las obligaciones derivadas. No obstante, también se podrá solicitar concierto educativo para las unidades que se encuentren en trámite de autorización durante el plazo de presentación de solicitudes. En este supuesto, la concesión del concierto para dichas unidades estará condicionada a la efectiva obtención de la autorización antes del inicio del curso.

Los conciertos educativos Primaria tendrán una duración de seis años académicos, finalizando al concluir el año escolar 2028/29, sin perjuicio de aquellos que tengan la duración de un año como consecuencia de la prórroga del concierto para garantizar la continuidad en la escolarización del alumnado del propio centro. Los conciertos que se suscriban o modifiquen en los años escolares siguientes al 2023/24 finalizarán al acabar el año escolar 2028/29. Los centros acogidos al régimen de conciertos cuya vigencia finalice en el año escolar 2022/23 y deseen continuar en el mismo, deberán solicitar la renovación durante el mes de enero de 2023

A aquellos centros de Educación Primaria que tengan adscritos otros de Segundo ciclo de Educación Infantil, se les renovará el concierto educativo para un número de unidades de Educación Primaria que garantice la escolarización en dicha etapa educativa del alumnado de Educación Infantil de los centros afectados por dichas adscripciones Las modificaciones del concierto atenderán exclusivamente a variaciones del número de unidades, por incremento o disminución de las mismas.

Las cantidades correspondientes a los gastos de funcionamiento de los centros se abonarán por la Administración cada trimestre, según el calendario de pagos previsto por la Dirección General competente en materia de tesorería. Las cantidades abonadas para los gastos de funcionamiento de los centros concertados se justificarán al final de cada curso escolar, en el plazo que determine la correspondiente Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante la aportación de la certificación del acuerdo del Consejo Escolar aprobatorio de las cuentas.

Los centros concertados quedan sujetos al control de carácter financiero que las disposiciones vigentes atribuyen a la Intervención General de la Junta de Andalucía, al Tribunal de Cuentas y a la Cámara de Cuentas de la comunidad autónoma andaluza.