Tribunales
Condenan al SAS a pagar a un celador conductor el curso profesional que hizo para trabajar
El trabajador exigió ser compensado por el tiempo de descanso que dedicó a obtener el certificado
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo 4 de Granada ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a pagar el dinero invertido por un celador conductor para obtener el certificado de aptitud profesional (CAP), trabajador al que deberá indemnizar porque empleó días de sus vacaciones para obtener esta capacitación.
La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha informado en un comunicado de esta sentencia que confirma el derecho de un celador conductor del Centro de Transfusión, Tejidos y Células de Granada a ser indemnizado por el SAS tras emplear días de sus vacaciones en renovar el Certificado de Aptitud Profesional (CAP).
El trabajador demandó en 2023 que, al ser parte de su jornada laboral, tenía el derecho a ser compensado por el tiempo de descanso que dedicó a obtener el certificado, una petición desestimada por el SAS que argumentó que sólo exigía para el puesto el permiso de conducir B.
La sentencia ha dado la razón al trabajador y ha recalcado que el SAS no está exento de la obligación de que sus conductores tengan el CAP ni de la aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.
El fallo del juzgado ha apuntado que el curso responde al derecho a formarse del trabajador y que hay que diferenciar entre las condiciones exigidas para acceder al puesto de trabajo y las necesarias para desarrollarlo.
Con ese argumento, ha condenado al SAS a cubrir los 254,15 euros que el trabajador destinó a su formación.
La sentencia contempla además que el SAS deberá indemnizarle porque destinó parte de su tiempo libre a una formación continua que es "obligatoria para todos los conductores" de ese tipo de vehículos.