Tribunales

Juana Rivas se expone a ser multada por querellarse contra el juez que la condenó

La Fiscalía pide al TSJA que no admita esa denuncia y que castigue a la mujer con 5.000 euros por abuso de derecho

Juana Rivas, a su salida del Juzgado de lo Penal número 1 de Granada tras recoger su sentencia condenatoria
Juana Rivas, a su salida del Juzgado de lo Penal número 1 de Granada tras recoger su sentencia condenatoriaPEPE TORRESAgencia EFE

La Fiscalía ha pedido al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que no admita a trámite la querella que Juana Rivas ha presentado contra el juez que la condenó a cinco años de prisión por la sustracción de sus dos hijos, después de que los sacara de Italia en 2016 sin permiso paterno, los trajera a España y estuviera un mes con ellos en paradero desconocido. Y también ha solicitado que se le imponga una multa de 5.000 euros por abuso de derecho.

Según han informado a Europa Press fuentes de la Fiscalía Superior de Andalucía, la querella por prevaricación y “maltrato institucional” contra el titular del Juzgado de lo Penal 1 de Granada, Manuel Piñar, fue interpuesta ante el TSJA por las supuestas “ilegales decisiones” adoptadas por el juez “durante la tramitación de la ejecutoria”, según detallaron en su momento los abogados de Rivas.

Desde la Fiscalía rechazan que exista delito alguno en la forma de proceder del magistrado y solicitan al TSJA que no admita la querella y que se multe a Rivas en 5.000 euros por abuso de derecho.

La Sala de lo Civil y lo Penal del TSJA recibió la querella el pasado 26 de julio y dio traslado a la Fiscalía para que informara sobre la admisión o no, aunque ese informe no es vinculante. Una vez que ha contestado el Ministerio Público, la Sala será la que decida si admite a trámite no la querella.

El caso de esta madre de Maracena (Granada) llegó hasta el Tribunal Supremo, que rebajó de cinco a dos años y medio la pena de prisión, aunque Rivas finalmente fue indultada por el Gobierno en noviembre de 2021.

Los abogados de Rivas acusan al juez Manuel Piñar de tramitar el expediente de indulto “careciendo absolutamente de competencia para ello” y “con la única intención de informar negativamente” con “absoluta parcialidad, alterando intencionadamente la realidad y ocultando la propia existencia de ese expediente a la defensa”.

“En efecto, sabiendo perfectamente que la sentencia condenatoria firme que se despachaba en la ejecutoria de Juana Rivas fue dictada por el Tribunal Supremo, ha usurpado las atribuciones de nuestro más alto tribunal, dando lugar a la existencia de dos expedientes de indulto paralelos: uno debidamente informado por el Tribunal Supremo, y otro al que jamás debió darse curso, y que fue informado con manifiesta parcialidad por el querellado”, afirmaban desde el equipo jurídico de Rivas.

Agregan que “al mismo tiempo, en el procedimiento penal, dictó varias resoluciones a sabiendas de su injusticia, con clara falta de imparcialidad y objetividad”. Citan en este sentido un auto del 27 de mayo de 2021 en el que “se abre la ejecutoria y sin trámite alguno se acuerda la busca, captura e ingreso en prisión” de Juana Rivas. A su vez, mediante otro auto del 9 de mayo de 2021 “se acuerda no haber lugar a la suspensión de pena”.