Tribunales
El juez del "caso Maracena" considera que es el TSJA el que debe investigar al ex número 3 del PSOE-A y el alto tribunal le devuelve el caso
El juzgado acota la causa al autor del secuestro mientras que el Tribunal Superior andaluz pide que se busque indicios más sólidos
El Juzgado de Instrucción ha sacado de la causa del secuestro de una concejal de Maracena a Noel López, ex alcalde del municipio y cesado temporalmente como número 3 del PSOE-A, y a Berta Linares, que dimitió recientemente para facilitar un pacto de Gobierno que finalmente no se produjo. Según adelanta Ideal de Granada, en un auto fechado el 14 de junio se comunica que López, Linares y el concejal de Urbanismo García Leyva quedan finalmente fuera del caso, que se limita ahora al autor material del secuestro, Pedro G. R., a la sazón, pareja en el momento de los hechos de la alcaldesa del municipio granadino.
Anteriormente, la Fiscalía Superior de Andalucía pidió al Tribunal Superior de Justicia de esta comunidad (TSJA) que la causa sobre el secuestro de la edil socialista Vanessa Romero volviera al juzgado de Instrucción y que le tomen declaración a la hasta ahora alcaldesa y pareja en el momento de los hechos del detenido, Berta Linares, y al edil de Urbanismo Antonio García Leyva. Con la petición de la Fiscalía, se pretendía tomar declaración a los responsables municipales para contrastarlas con las del detenido. Si tras las declaraciones se mantienen los indicios sobre Noel López, la causa volvería al TSJA para su investigación como aforado, cosa que, según adelanta Ideal, no se ha producido.
El juez de Instrucción 5 rechaza que los tres políticos sean parte procesal en la causa al no tener la condición de investigados y considera que al remitir el caso al TSJA debe ser éste el que investigue su presunta participación en los hechos.
El Juzgado de Instrucción número 5 de Granada ha resuelto no considerar parte procesal de la causa abierta por el presunto secuestro de una concejal del Ayuntamiento de Maracena a los tres responsables políticos cuya presunta participación en los hechos fue remitida a la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) dada la condición de aforado de uno de ellos, el diputado autonómico Noel López. La decisión del juez instructor supone apartar a los tres de la causa de la autoría material del secuestro, cuyo presunto autor se encuentra en prisión provisional desde su detención, ya que entiende que debe ser la Sala la que les investigue.
La decisión judicial fue adoptada en un auto fechado en el día de ayer, miércoles 14 de junio, y responde negativamente a una petición formulada por las tres personas. Estas, en el marco de las alegaciones presentadas ante el Juzgado instructor, solicitaron que, con el fin de “no dividir la continencia de la causa”, el instructor enviara igualmente al TSJA la parte concerniente al secuestro y no únicamente la que afecta a la presunta participación de los tres responsables públicos. El juez ha considerado que, tras su decisión de deducir testimonio contra los tres ante el TSJA, “dejan de ostentar la condición de parte procesal” en las diligencias previas “al ser su objeto únicamente y exclusivamente un presunto delito de detención ilegal presuntamente cometido como autor material por Pedro G. R.”. Asimismo, justificaron su solicitud de estar personados en ambas instrucciones “en aras al ejercicio del derecho de defensa” y de esta manera estar al corriente de cuantas diligencias se practiquen. El instructor recuerda que el proceso penal no contempla que puedan formar parte del mismo con una mera finalidad de “observador”. Esa figura procesal no existe en el ordenamiento español.
Por su parte, según recoge Europa Press, el TSJA ha acordado no incoar diligencias previas de investigación penal contra el diputado autonómico y aforado Noel López Linares, al entender que no se han agotado las necesarias diligencias de investigación que permitan afirmar con claridad los hechos que se le atribuyen en relación al secuestro de la concejal de Maracena (Granada) Vanessa Romero, y devuelve las actuaciones al Juzgado de instrucción número 5 de Granada para que lo siga investigando.
En un auto fechado este 15 de junio, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sala de lo Civil y Penal del TSJA archiva la causa especial que abrió por este asunto para que el Juzgado de Instrucción siga investigando sin perjuicio de que pueda remitir una nueva exposición razonada a Alto Tribunal, una vez practicadas las diligencias necesarias para la determinación de los hechos.
"No es suficiente por tanto que aparezca mencionado un aforado o que se aventure la posibilidad de que en el curso de la investigación surjan datos incriminatorios más robustos contra él. Es necesario que se detecten indicios de responsabilidad que conlleven la necesidad de dirigir el procedimiento contra el aforado", agrega el auto, donde se expone que los indicios que han permitido al Magistrado juez instructor la remisión a este Tribunal se basan en las declaraciones de presunto secuestrador y las ubicaciones obtenidas del aforado Noel López y demás personas investigadas, en determinados lugares y horas". "Aquellas afirmaciones sin embargo no han podido ser contrastadas en forma alguna por las de otras personas no aforadas, y en su caso por la práctica de otras diligencias de investigación que el Magistrado juez instructor, el Ministerio Fiscal, o las partes en su caso, consideren necesarias para la correcta determinación de cómo se produjeron los hechos, de su carácter delictivo y de la participación que hubieran tenido cada una de las personas intervinientes en los mismos", advierte el TSJA.
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