Justicia

A la cárcel 8 años por un puñetazo que dejó en coma a un joven en un pueblo de Toledo

El juicio se celebrará los días 14 y 15 de octubre en la Audiencia Provincial de Toledo

Audiencia provincial de Toledo
Audiencia provincial de ToledoEuropa Press

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Toledo juzga el próximo martes y miércoles, 14 y 15 de octubre, al acusado M.E.A. para el que la fiscalía solicita ocho años de prisión por un delito de asesinato en grado de tentativa al dejar en coma a un joven tras propinarle un puñetazo tras salir de una discoteca.

Los hechos, según el escrito provisional de la Fiscalía, se remontan al 18 de diciembre de 2022 cuando M.E.A. abandonó la discoteca en la que había pasado toda la noche y en el exterior de la calle Azucena de Mora se dirigió a un grupo de varones y procedió a propinar un puñetazo en el labio a A.R.R., así como otro puñetazo en el rostro a J.S.D.C.

Inmediatamente después de estos hechos y, tras tener algún tipo de confrontación leve con P.G.C.M., el procesado -que tenía conocimientos de boxeo- propinó un puñetazo en la cara a este último haciendo que el mismo sangrase por la nariz.

Justo tras la anterior agresión y mientras P.G.C.M. estaba tapándose la nariz con un pañuelo, el fiscal afirma que M.E.A. procedió a propinarle un fuerte puñetazo de manera sorpresiva por la espalda, que impactó en la parte lateral izquierda de su cabeza, quedando la víctima totalmente noqueada y cayendo inconsciente al suelo donde se golpeó la cabeza contra el asfalto.

Como consecuencia de esa agresión, la víctima sufrió un traumatismo cráneo-encefálico grave que le hizo estar en coma varios días, con unas lesiones que requirieron tratamiento médico y quirúrgico y dejándole como secuelas un trastorno cognoscitivo leve, una derivación ventrículo-peritoneal, persistencia de material de osteosíntesis en el cráneo, pérdida total de la función auditiva en oído izquierdo y pérdida de olfato y gusto.

Unas lesiones que, según el relato del Ministerio Público, le hubiesen causado la muerte de no haber recibido asistencia médica urgente.

Asimismo, señala que en el momento de los hechos el procesado sufría un retraso mental ligero que, sumado al abandono voluntario de la medicación pautada por su especialista para el control de su trastorno, así como al hecho de haber consumido bebidas alcohólicas en la noche de la agresión; "hicieron que tuviese afectada parcialmente la capacidad para discernir el bien del mal y, por tanto, la capacidad de determinarse libremente".

Como consecuencia de los hechos narrados M.E.A. estuvo privado de libertad de manera cautelar desde el 20 de diciembre de 2022 hasta el 29 de julio de 2024, momento en el que por auto del Juzgado número 2 de Orgaz acordó su libertad y se le impuso la prohibición de comunicación y aproximación con la víctima P.G.C.M.

El acusado será juzgado por tanto por un presunto delito de lesiones respecto a A.R.R., por el que la Fiscalía solicita 2 meses y 15 días de prisión; y un presunto delito de homicidio en grado de tentativa respecto a P.G.C.M. por el que se le piden ocho años de cárcel.