Economía

La Junta y los sindicatos firman el preacurdo del convenio del convenio colectivo del personal laboral de la Administración General de Castilla y León

El periodo de vigencia será hasta el 31 de diciembre de 2025

El consejero de la Presidencia, Jesús Julio Carnero, suscribe el acuerdo con los sindicatos
El consejero de la Presidencia, Jesús Julio Carnero, suscribe el acuerdo con los sindicatosJcylJcyl

Tras un largo periodo de negociaciones y trabajos, el consejero de la Presidencia, Jesús Julio Carnero, ha firmado hoy, con las organizaciones sindicales UGT, CCOO y CGT un preacuerdo de convenio colectivo del personal laboral de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y sus organismos autónomos.

El texto sustituirá al convenio colectivo que se suscribió en 2013 y que, por acuerdo con la representación sindical en 2016, fue prorrogado hasta el 1 de enero de 2018.

Proceso

Con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID 19, los trabajos de la citada Mesa se suspendieron, reanudándose las reuniones en el último trimestre del año 2020, y continuando durante todo el año 2021 y 2022 y dos sesiones en el año 2023. El total de reuniones celebradas es de 50.

De manera paralela a los trabajos de negociación del convenio colectivo en el seno de la Mesa de Negociación, y en atención a lo establecido en el artículo 22 del Estatuto de los Trabajadores, se constituye un grupo de trabajo para el análisis de las titulaciones exigibles para acceder al empleo público, que elevó la correspondiente propuesta de clasificación profesional a la Mesa de Negociación del Convenio.

El 14 de marzo de 2023, se votó en el seno de la mesa de negociación del convenio colectivo el preacuerdo sobre el texto del convenio colectivo. La representación de la Administración y las centrales sindicales UGT, CCOO y CGT dieron su voto favorable al texto propuesto, obteniéndose, por lo tanto, el voto favorable de la mayoría de cada una de las dos representaciones, mayoría que se exige en el artículo 89 del Estatuto de los Trabajadores.

Ámbito de aplicación

El futuro convenio regulará la relación profesional del personal laboral al servicio de la Junta de Castilla y León. Este convenio afectará a 12.508 trabajadores, de los que el 64,2 % son mujeres (8.033) y el 35,8 % son hombres (4.475).

Novedades

Las novedades más significativas del nuevo convenio colectivo son las siguientes:

1. Clasificación Profesional y categorías profesionales. En este sentido, los 5 grupos de clasificación profesional actuales se reducen a 4 en aplicación del nuevo sistema educativo, integrando el grupo 5 en el grupo 4. La clasificación de estos grupos se realiza por el nivel de titulación exigido para el ingreso. Esta integración supone el trasvase de 5.130 trabajadores del grupo 5 al 4.

Se ha llevado a cabo una actualización de las titulaciones requeridas para el acceso a las categorías profesionales en función de su grupo profesional. Se ha tendido a la profesionalización y especialización del personal laboral eminentemente perteneciente a los grupos III y IV, aplicando con rigor lo previsto en la normativa en materia de educación y equivalencias de titulaciones, así como en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de Ordenación e Integración de la Formación Profesional.

2. Operativo de Lucha contra incendios forestales. Adaptación a lo firmado en materia de mejoras laborales del personal del Operativo de Incendios, en el Acuerdo de la Comisión de Seguimiento en materia forestal del Diálogo Social para la mejora del Operativo de Lucha contra Incendios Forestales 2023-2025.

En resumen, se redefinen las categorías profesionales del operativo y se les amplía el contrato de trabajo al año completo en el año 2025.

3. Regularización del personal fijo discontinuo a efectos de provisión. Con el convenio anterior no podían participar en el Concurso Abierto y Permanente (CAP), realizándose concursos específicos en las Consejerías de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio y de Educación.

Con el nuevo convenio podrán participar en las convocatorias del CAP de febrero y noviembre, en iguales condiciones que el resto de personal laboral fijo.

4. Reconocimiento económico al personal que presta sus servicios en la Gerencia de Servicios Sociales. En concreto, al colectivo de enfermeras con el pago de un complemento de continuidad asistencial, que retribuye el solape en el cambio de turnos, así como el reconocimiento de una jornada minorada como compensación por realizar su jornada laboral en turno rotatorio que incluya el turno de noche.

5. Equiparación con el personal funcionario, en lo que, a régimen de vacaciones, permisos, licencias, permisos se refiere, manteniendo en todo caso las mejoras que el personal laboral había consolidado a través de las anteriores negociaciones.

6. Actualización y modificación del contenido del convenio como consecuencia de las disposiciones legales, reglamentarias o acuerdos que se hayan dictado en los distintos ámbitos funcionales y territoriales. Destacando la reforma laboral que afecta a la tipología de contratación temporal.