Tribunales

Pedro Muñoz sumará un año y tres meses de prisión a su condena por un delito de alzamiento de bienes

Un juzgado de Ponferrada impone la misma pena a sus dos hijos al considerar que les donó varios inmuebles para "eludir responsabilidades civiles" en la causa por la agresión a Raquel Díaz

El Juzgado de los Penal Ponferrada acoge el juicio contra el exconcejal de Ponferrada, Pedro Muñoz, y sus dos hijos por un presunto delito de alzamiento de bienes
El Juzgado de los Penal Ponferrada acoge el juicio contra el exconcejal de Ponferrada, Pedro Muñoz, y sus dos hijos por un presunto delito de alzamiento de bienesCésar SánchezIcal

El Juzgado de lo Penal de Ponferrada emitió este miércoles 12 de junio una sentencia en la que condena a un año, tes meses y un día de prisión al ex concejal de la capital berciana, Pedro Muñoz, por un delito de insolvencia punible por alzamiento de bienes, que se sumará a las penas anteriores de 16 años y once meses de cárcel por un delito de maltrato habitual en el ámbito familiar, otros tres de maltrato en el ámbito familiar y uno por lesiones agravadas, con los agravantes de parentesco y discriminación por razón de género, contra su exmujer, Raquel Díaz.

Sus dos hijos también han sido condenados en los mismos términos al considerarles también culpables de alzamiento de bienes por el intento del político de donarles varios inmuebles mientras permanecía en prisión preventiva después de haber agredido a su ex mujer.

El magistrado de la causa consideró probado, tal y como se recoge en la sentencia hecha pública este miércoles, que cuando Muñoz ya se encontraba en prisión otorgó un poder judicial a sus dos hijos para “salvaguardar la totalidad de los inmuebles de los que era propietario y eludir las posibles responsabilidades civiles a las que pudiera tener que hacer frente como consecuencia del procedimiento penal al que se enfrentaba, asegurándole su uso y disfrute futuro pero sacándolos de su patrimonio personal mediante una donación a favor de los hijos”.

Con este poder en sus manos, los hijos del ex concejal acudieron a un notario, “alegando motivos de urgencia” para llevar a cabo “una escritura pública de donación en virtud de la cual su padre les donaba pura, simple y gratuitamente la totalidad de las fincas e inmuebles de los que era propietario”.

Durante el juicio celebrado en Ponferrada el pasado 27 de mayo, Pedro Muñoz aseguró que solo pretendía “conseguir liquidez para hacer frente a sus deudas” donando esas propiedades a sus hijos para que intentasen hipotecarlas. Unas declaraciones que para el juez resultaron “interesadas, confusas y no acreditadas”.

No obstante, el magistrado consideró que “sus propios actos, la abundante y contundente prueba documental obrante en las actuaciones y la información obtenida de los interrogatorios demuestran una realidad en la que se pone de manifiesto la comisión de una acción maliciosa por parte de los acusados para tratar de salvaguardar el patrimonio inmobiliario eludiendo las responsabilidades civiles que pudieran derivarse del procedimiento penal abierto contra él y en el que ha resultado finalmente condenado en primera instancia”.

“La donación se produce exclusivamente como consecuencia del inicio del procedimiento penal contra Pedro Muñoz por las posibles consecuencias del mismo, sin ser necesaria para los fines que, según los acusados, la motivaron”, se afirma en la sentencia, a lo que se añade que esta donación se llevó a cabo “con una premura no justificada y faltando a la verdad en sus motivaciones”, así como “faltando a la verdad en el valor de los bienes objeto de la operación” con el objetivo de “evadir la totalidad de su patrimonio inmobiliario pero conservando su uso y disfrute futuro, obviando por completo a su mujer”, Raquel Díaz.

Por todo lo anteriormente expuesto, el Juzgado de lo Penal de Ponferrada consideró a Pedro Muñoz autor de un delito de insolvencia punible por alzamiento de bienes, por lo que le impone una pena de un año, tres meses y un día de prisión y una multa total de 1.626 euros, al tiempo que declara nula la escritura de donación. De igual forma, condena en los mismos términos a sus dos hijos por ser “cooperadores necesarios de un delito de insolvencia punible por alzamiento de bienes”.