Tribunales

Pedro Muñoz y sus hijos declaran que pretendían hipotecar los bienes donados “para hacer frente a las deudas”

Los tres niegan que el exconcejal quisiera deshacerse de sus bienes para no hacer frente a una posible responsabilidad civil tras la agresión a su exmujer, Raquel Díaz

El Juzgado de los Penal Ponferrada acoge el juicio contra el exconcejal de Ponferrada, Pedro Muñoz, y sus dos hijos por un presunto delito de alzamiento de bienes
El Juzgado de los Penal Ponferrada acoge el juicio contra el exconcejal de Ponferrada, Pedro Muñoz, y sus dos hijos por un presunto delito de alzamiento de bienesCésar SánchezIcal

El exconcejal de Ponferrada Pedro Muñoz, y sus dos hijos defendieron su inocencia en el juicio que se sigue contra ellos por un presunto delito de alzamiento de bienes, en grado de tentativa, cuando Muñoz quiso donar a sus hijos varios inmuebles mientras permanecía en prisión preventiva después de atacar a su exmujer Raquel Díaz. Muñoz aseguró que solo pretendía “conseguir liquidez para hacer frente a sus deudas” donando esas propiedades a sus hijos para que intentasen hipotecarlas.

El acusado defendió que, dada su situación, un hombre de edad avanzada, en prisión preventiva y con una hipoteca “no iba a poder logar esa liquidez”. “Yo llevaba muy poco en la cárcel, mi situación económica no era buena, tenía deudas y necesitaba liquidez. No disponía de dinero y traté de conseguirlo intentando que algún bien de los que tenía se pudiera hipotecar”, dijo durante la vista. Añadió que él había perdido la mitad de sus ingresos ya que tuvo que dejar su cargo como concejal del Ayuntamiento de Ponferrada. “Creo que por aquel entonces (cuando intentó hacer la donación) no había aún una acusación clara y no sabía lo que podía o no hacer con mis bienes. En el trámite del registro se dijo que hacía falta autorización de Raquel”, explicó.

Los hijos del exconcejal, Pedro Muñoz Botas y Ruth Muñoz Botas, ratificaron las palabras de su padre y afirmaron que solo querían hipotecar esos bienes para poder pagar una posible fianza de su padre, a los abogados y el IRPF de la declaración de la renta de su progenitor.

“Cuando lo ingresan en prisión, yo me hice cargo de las cuentas y vi que la situación era muy mala. Había 8.000 euros en la cuenta principal, que eran para pagar la declaración de la renta. También los gastos del abogado que eran elevados y había que hacer frente a una posible fianza”, aseguró el hijo del exconcejal, quien en todo caso aclaró que no recuerda bien todos los términos porque “ha pasado mucho tiempo”. La hija de Muñoz ratificó las palabras de su hermano y dijo que en ningún momento fueron conscientes de que podían estar cometiendo un delito. “Ni los abogados ni el notario nos advirtieron nada”, afirmó Ruth Muñoz Botas.

Por su parte el Ministerio Fiscal considera que Muñoz tenía dinero suficiente para hacer frente a sus deudas, ya que disponía de las fincas en el paraje de Las Huelgas, el piso conyugal en Santo Tomás de las Ollas (León), cinco cuentas bancarias, todas ellas con saldo positivo excepto una, tres coches y una pensión de jubilación bruta de 2.300 euros. Por eso, la Fiscalía cree que lo único que pretendía Muñoz era deshacerse de sus bienes por si en un futuro debía hacer frente a algún tipo de responsabilidad civil, como finalmente ha sido.

La Fiscalía y la acusación particular preguntaron también a los hermanos por qué no podían pagar ellos, ya que ambos trabajaban, todos esos gastos. Ambos afirmaron que su padre “no quería que ellos pagasen nada”.

Finalmente, la donación no se realizó ya que la registradora de la propiedad, quien hoy declaró en calidad de testigo, advirtió que la vivienda de Santo Tomás de las Ollas (León), era el domicilio conyugal, por lo que era necesaria la autorización de Raquel Díaz, quien por entonces se encontraba ingresada en el Hospital de León en estado muy grave. “Deshicimos la donación porque al no poder inscribirse no íbamos a poder conseguir ningún beneficio. Nosotros no desistimos del objetivo de la donación, que era lograr dinero, sino que si no se puede hacer porque es ilegal, pues lo rechazamos”, afirmaron los vástagos de Muñoz.

Todos negaron también que con este movimiento intentasen perjudicar el patrimonio de Díaz. “Nunca lo hicimos para perjudicar el patrimonio de la que entonces era su mujer. El objetivo era obtener liquidez para afrontar una posible fianza, abogados y deudas. Renunciamos a la donación de forma voluntaria. Yo no era consciente de que podía ser constitutivo de un delito de alzamiento de bienes y nadie me dijo nada”, insistió Pedro Muñoz Botas.

La Fiscal y el abogado de la acusación particular también incidieron en el hecho de que en el escrito de la donación se establecía que el exconcejal podría seguir teniendo el derecho de uso de esos bienes hasta el final de sus días y preguntaron qué pasaría entonces con la mujer de Muñoz si volvía su residencia.

Los dos hijos afirmaron que no fueron conscientes en ese momento de ese asunto ya que lo único que querían era conseguir liquidez lo antes posible. También, el notario que realizó el trámite, que ya está fallecido, declaró durante la instrucción del caso que el único motivo de esa donación era poder hipotecar los bienes y que los hijos del exconcejal se echaron atrás de forma voluntaria tras comprobar que la vivienda de la pareja no se podía registrar sin el consentimiento de Díaz.

En este punto el juez, Óscar Hernáiz llamó la atención sobre el hecho de que desistieran de la donación de todos los bienes cuando solo uno de ellos, la casa de Santo Tomás, no se podía registrar.

Por su parte la registradora de la propiedad que rechazó la inscripción de la casa, y que compareció en calidad de testigo, reconoció que esta situación es “habitual”, aunque en este caso le llamó la atención “porque todos sabíamos lo que acababa de pasar”, dijo. Por eso trasladó a la Fiscalía que al registro había llegado esa solicitud de donación.

Las peticiones

La Fiscalía mantiene la petición de dos años y cinco meses de prisión para cada uno de los tres acusados, por un presunto delito de insolvencia punible, en su modalidad de alzamiento de bienes en grado de tentativa, ya que considera que el objetivo era deshacerse de los inmuebles para no afrontar la posible responsabilidad civil derivada de la agresión contra Raquel Díaz.

La fiscal considera que los argumentos de los acusados “no se sostienen”, ya que por aquel entonces Pedro Muñoz, que ya estaba en prisión, no tenía ninguna fianza que hubiera que pagar. Añade que estaba claro que Pedro Muñoz tendría que asumir una importante responsabilidad civil, aunque solo fuera por los elevados gastos hospitalarios de Díaz.

La acusación particular eleva esa petición de prisión a tres años y seis meses para cada uno de ellos, además de una multa de 24 meses, con una cuota diaria de 25 euros. Asegura que existe un delito consumado de alzamiento de bienes porque desde que se inicia el proceso “se consuma el delito”.

Los abogados de la defensa reclaman la absolución. En caso de que no sea así, el letrado del ex concejal de Ponferrada reclama el atenuante de “dilaciones indebidas” y que se aplique la pena mínima. Añade que no se había cuantificado ningún tipo de responsabilidad civil, por lo que podía hacer uso de sus bienes como él quisiera. El abogado de los dos hijos considera que no han cometido delito porque no estuvieron bien asesorados. Afirma que no había ningún acreedor en el momento de la donación, más allá de los gastos domésticos e hipotecarios, y que por tanto no cabe el delito de alzamiento de bienes. El juicio ha quedado visto para sentencia.