Partido Popular

El PP lleva al TC la ley de vivienda: “No permitiremos que Cataluña se convierta en una especie de paraíso ‘okupa’”

“Suponen un ataque frontal al derecho a la propiedad privada y una vulneración competencial en materia de derechos”, ha denunciado el líder del partido, Alejandro Fernández

El líder del PP catalán, Alejandro Fernández, en una imagen de archivo.
El líder del PP catalán, Alejandro Fernández, en una imagen de archivo.larazon

Ofensiva del PP contra la ley de vivienda que la Generalitat aprobó justo antes de la pandemia de coronavirus. Tras el paréntesis obligado por la crisis sanitaria, los “populares” han presentado un recurso de insconstitucionalidad ante el TC contra dos decretos, el 17/2019 y el 1/2020, sobre las medidas urgentes en materia de vivienda del gobierno catalán. En rueda de prensa desde el Parlament este lunes, el líder del PP, Alejandro Fernández, ha indicado que la nueva normativa supone “un ataque frontal al derecho a la propiedad privada y una vulneración competencial en materia de derechos”.

“No permitiremos que Cataluña se convierta en una especie de paraíso ‘okupa’ inédito en el resto de Europa, y a la vez en un infierno tanto para los propietarios como para aquellas familias que no ocupan ningún piso, que no tiran ninguna puerta sino que esperan pacientemente en las listas de espera de vivienda social”, ha aseverado el líder del partido en el Parlament.

En concreto, el PP carga contra tres aspectos que incorporan los decretos: los conceptos de “expropiación forzosa”, grandes tenedores y vivienda vacía. “Son claramente inconstitucionales y suponen una indefensión del propietario frente a los okupas”.

Entre otras medidas, el decreto obliga a los grandes propietarios -con 15 o más inmuebles- a ofrecer un alquiler social a personas o familias que lleven más de seis meses ocupando una vivienda sin contrato y que estén en situación de vulnerabilidad acreditada antes de iniciar la demanda judicial. La normativa también prevé que el alquiler social obligatorio tenga una duración de hasta siete años para personas que acrediten vulnerabilidad, se les acabe el contrato de alquiler y estén afectados por procesos de desahucio.

Además, el Parlament avaló modificar en marzo parte del redactado del decreto de vivienda aprobado en diciembre -con el voto favorable de JxCat, ERC, los comunes y la CUP y el rechazo del resto (Cs, PSC-Units y PP)- de forma que el concepto “vivienda vacía” que aparece en el texto no genere “dudas de interpretación” tras el dictamen en contra del Consejo de Garantías Estatutarias a petición de Ciudadanos. La norma señala que una “vivienda vacía” es aquella que “queda desocupada permanentemente, sin causa justificada, por un periodo de más de dos años”.

El texto detalla que “son causas justificadas el traslado por razones laborales, el cambio de domicilio por una situación de dependencia, el abandono de la vivienda en una zona rural en proceso de pérdida de población y el hecho que la propiedad de la vivienda sea objeto de un litigio judicial pendiente de resolución”. Elimina, por contra, la frase “menos en el caso que la persona propietaria acredite haber iniciado las acciones judiciales adecuadas para la recuperación efectiva de la posesión antes de cumplirse el plazo para considerar la vivienda vacía”.

De esta forma, los grandes tenedores -más de quince viviendas de su propiedad- deberán ofrecer un alquiler social a familias en situación de vulnerabilidad acreditada aunque presenten su caso en los juzgados. Si no lo hacen, el consistorio del municipio afectado, con el apoyo subsidiario de la Generalitat, puede multar al gran propietario en cuestión.