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Una fiscal propone que negar la violencia de género sea delito

Lo compara con el negacionismo del holocausto, porque «pretende hacer invisible la muerte de más de mil mujeres en los últimos años en nuestro país»

La fiscal valenciana contra los delitos de Odio, Susana Gisbert
La fiscal valenciana contra los delitos de Odio, Susana GisbertKai FörsterlingEFE

La fiscal valenciana contra los delitos de Odio, Susana Gisbert, propone que negar la violencia de género pueda ser considerado delito de odio, del mismo modo en que lo es el negacionismo del holocausto, un tipo penal al que «se aproxima» mucho pues, si el segundo niega el genocidio, el primero pretende hacer invisible la muerte de más de mil mujeres en los últimos años en nuestro país.

«No estoy diciendo que ese negacionismo de la violencia de género sea ahora delito, porque no lo es actualmente, pero sí que se estudie esta posibilidad, porque hay líneas fronterizas muy peligrosas entre ese negacionismo y otro que sí es delito, como el del holocausto, con el que comparte el fundamento de trivializar crímenes muy graves».

La fiscal, que está especializada en violencia de género y ha sido portavoz de la Fiscalía Provincial de Valencia, añade que «aunque en el caso de las muertes de mujeres no estemos hablando de un crimen de lesa humanidad, como sucede con el holocausto, el número de mujeres asesinadas empieza a ser de tal magnitud que podría llegar a considerarse como tal».

En todo caso, Gisbert matiza que, en materia de violencia de género, no se debe poner el acento únicamente en el derecho penal, y propone trabajar más en la prevención. «Cuando intervenimos con el derecho penal lo que hacemos es gestionar el fracaso. Aunque nos empeñemos en dar más funciones a los juzgados, nosotros solo actuamos cuando ha ocurrido un delito. Incluso aunque no haya condena, nosotros solo podremos poner medidas cautelares frente a un hecho con apariencia de delito. Sin eso, la Justicia penal no puede hacer nada más que redirigir a la mujer a los servicios sociales».

Como fiscal de delitos de odio, Gisbert pone en práctica medidas alternativas a las que entrañan cárcel, como por ejemplo la prohibición de actuar en redes sociales para condenados por perseguir en sus publicaciones a determinados colectivos por razones de pertenencia a una religión, etnia, orientación sexual...

«Son medidas muy interesantes, más aún teniendo en cuenta que ahora las redes sociales también pueden proveer de un cierto beneficio económico por visitas, por derivar tráfico a una web que recibe publicidad... en suma, se trata de medidas que pueden ser más efectivas que una prisión que, en muchos casos, no va a ser cumplida porque la suspenderá el tribunal, al ser la condena inferior a dos años de cárcel».

También destaca que se producen algunas tipologías de delitos de odio que la sorprenden por su inesperada frecuencia y que no son de expresión, sino de acción, como las palizas a personas por su orientación sexual o por ser inmigrantes, delitos que sí pueden revestir gravedad.