Declaración de la renta
Estas son las deducciones para la renta 2020 en la Comunitat Valenciana
Hacienda incluye desgravaciones para “donaciones covid” y para los que se redujeron la jornada durante el estado de alarma para conciliar
Los contribuyentes de la Comunitat Valenciana se podrán aplicar en la próxima declaración de la renta (la de 2020) un conjunto de deducciones autonómicas dirigidas a paliar los efectos de la pandemia, como compensar la carga fiscal en el IRPF por las ayudas o subvenciones de trabajadores afectados por ERTEy a los cuales han reducido la jornada laboral por conciliación familiar con motivo de la declaración del estado de alarma.
Deducciones por donaciones covid
- La campaña de la renta incluirá, además, una nueva deducción del 20 por ciento para los primeros 150 euros y del 25 por ciento para el valor restante de las donaciones dinerarias dirigidas a financiar programas de investigación, innovación, desarrollo científico o tecnológico en el campo del tratamiento y prevención de la covid.
- Deducción del 20 por ciento para donaciones, en metálico o en especie, para contribuir a la financiación de los gastos relacionados con la crisis sanitaria.
En total, como ha recordado la directora de la Agencia Tributaria Valenciana, Sonia Díaz, los valencianos podrán acceder a un total de 27 deducciones autonómicas en la actual campaña de la renta, entre las que destacan no sólo las vinculadas a la lucha contra la covid, sino también aquellas vinculadas a garantizar el acceso a la vivienda de los colectivos más vulnerables como los jóvenes.
Vivienda
Podrán acogerse a deducciones para facilitar directa o indirectamente una reducción de los precios del alquiler o un apoyo para la adquisición de vivienda en los menores de 35 años. Será la segunda campaña que incluya una rebaja fiscal de un máximo de 3.000 euros por obtención de rentas derivadas del alquiler de vivienda, siempre que este no supere el precio de referencia de la zona, que supone una deducción de un 5 por ciento para contribuyentes que alquilen sus viviendas a un precio que no supere los establecidos en el índice de referencia con el que cuenta la Generalitat Valenciana para las distintas zonas o áreas de la Comunitat y de las principales ciudades.
Igualmente, se podrá deducir un 5 por ciento la primera adquisición de vivienda habitual, excluyendo los intereses, por parte de contribuyentes de edad igual o inferior a 35 años. Y, también en el caso de que los contribuyentes hayan recibido ayudas públicas para la adquisición o rehabilitación de vivienda habitual, podrán aplicarse un rebaja fiscal de 102 euros o la cantidad que resulte de aplicar el tipo medio de gravamen general autonómico sobre la cuantía de la ayuda pública.
Por arrendamiento de la vivienda habitual, sobre las cantidades satisfechas en el periodo impositivo, los contribuyentes podrán deducirse un 15 por ciento con un límite de 550 euros. También habrá una deducción de 20 por ciento con un límite de 700 euros si es arrendatario es menor de 36 años y de hasta el 25 por ciento con un límite de 850 euros en caso de discapacidad física o psíquica.
Finalmente, se mantienen las deducciones de hasta un 20 por ciento para actuaciones realizadas en vivienda habitual vinculadas a la eficiencia energética y las de un 20 por ciento para obras de obras de conservación o mejora de la accesibilidad en la vivienda habitual con un máximo de 5.000 euros.
Víctimas violencia de género
Se ha previsto también una reducción del 95 por ciento, con una base máxima de reducción de hasta 60.000 euros, en las donaciones en metálico a mujeres víctimas de violencia de género que tengan como objetivo la adquisición de su vivienda habitual, y la inclusión de este colectivo entre los beneficiarios de un tipo superreducido del 4 por ciento en la modalidad de Transmisiones Onerosas en la adquisición de vivienda para residencia habitual, ya aplicable en este ejercicio 2021.
Nacimiento o adopción
Los contribuyentes con descendientes podrán aplicarse, entre otras, una deducción de 270 euros por cada hijo o hija nacido o adoptado o en acogimiento familiar; 224 euros por nacimiento o adopción múltiple; y entre 224 euros y 275 euros por nacimiento o adopción de un hijo discapacitado físico o sensorial, con un grado de minusvalía igual o superior al 65 por ciento o discapacitado psíquico, con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento.
En el caso de ostentar el título de familia numerosa o el de familia monoparental, según su categoría, las deducciones oscilarán entre los 300 y los 600 euros. Los contribuyentes de la Comunitat Valenciana también podrán beneficiarse de una deducción del 15 por ciento de las cantidades destinadas a la custodia en guarderías y centros de primer ciclo de educación infantil, de hijos o acogidos de forma permanente menores de 3 años, con un límite de 270 euros por cada hijo.
En materia de discapacidad los valencianos y valencianas podrán deducirse hasta 179 euros si tienen un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento y una edad igual o superior a 65 años.
Por su parte, en el caso de ascendientes mayores de 75 años, o mayores de 65 años que sean discapacitados físicos o sensoriales, con un grado de minusvalía igual o superior al 65 por ciento, o discapacitados psíquicos, con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, cuando convivan con el contribuyente y no tengan rentas anuales, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros, la deducción podrá alcanzar los 179 euros.
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