Logística

Segundo varapalo judicial contra la ZAL de Valencia

El TSJCV establece en una nueva sentencia que el plan especial tendría que haber sido sometido a una evaluación ambiental estratégica ordinaria, y no simplificada

Antonio Montiel, portavoz de Per l'Horta en representación de «Horta és futur, No a la ZAL»
Antonio Montiel, portavoz de Per l'Horta en representación de «Horta és futur, No a la ZAL»larazon

El pasado 9 de abril una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) declaraba nula la resolución por la que se aprobó definitivamente el Plan Especial de la Zona de Actividades Logísticas (ZAL) del Puerto de Valencia, así como el propio plan especial, por ser contrarios a derecho. La asociación ciudadana Per l’Horta ha anunciado hoy un segundo varapalo judicial a esta actuación logística, después de que una nueva sentencia del mismo ente judicial declare nulos “de pleno derecho” el plan especial de la zona de actividades logísticas (ZAL) del puerto de València y la resolución de la Consellería de Obras Públicas con la cual se aprobó “por ser contrarios a derecho”.

El fallo de la Sala de lo Contencioso Administrativo estima parcialmente el recurso a una resolución de diciembre de 2018 y un decreto de noviembre de ese mismo año de Generalitat presentado por Per L’Horta, en representación de la plataforma «Horta és futur, No a la ZAL», que defiende la reversión para crear un espacio verde entre el Turia y la Albufera.

La sala establece en la sentencia, con fecha del 6 de julio de 2022, que el plan especial de la ZAL tendría que haber sido sometido a una evaluación ambiental estratégica ordinaria, y no simplificada, como hizo la Administración autonómica.

El tribunal argumenta que el suelo sobre el cual está prevista la ZAL (un terreno de 772.000 metros cuadrados) no puede considerarse urbano porque los dos planes especiales anteriores que modificaban el Plan General de Ordenación Urbana de València para darle cobertura habían sido anulados, por lo que los terrenos “están clasificados” como “suelo no urbanizable de protección agrícola”.

Tras hacerse pública la sentencia, Antonio Montiel, portavoz de Per l’Horta en representación de «Horta és futur, No a la ZAL», ha denunciado que la nueva sentencia “confirma otra vez la ilegalidad sobre la cual se sustenta el proyecto de la ZAL, aprobado definitivamente en 1999 con una resolución de la Conselleria de Obras Públicas”.

«25 años después de comenzado el proyecto, los terrenos continúan sin uso y el puerto ha continuado funcionando y en crecimiento. Los hechos han demostrado que la ZAL no era necesaria, en contra del que argumentaba el puerto para expulsar al vecindario de la Punta», ha añadido Montiel.

La urbanización de la ZAL supuso, ha denunciado, “la destrucción de 70 hectáreas de huerta en plena producción y la expulsión de sus casas de más de 100 familias. La ZAL fue un error estratégico con un coste social y medioambiental muy elevado”.

A su juicio, en un “contexto de crisis climática que comporta veranos más largos y temperaturas sofocantes, nos hacen falta más espacios verdes para la ciudadanía” y ha recordado que el coste económico de “revertir la ZAL en verde no es superior al de continuar con su urbanización, ahora ilegalizada».

Por último, Montiel ha pedido a la Generalitat y a la Autoridad Portuaria de Valencia que “desistan de recurrir la sentencia” y “abandonen de manera definitiva el proyecto”.