Urbanismo

Frente común de Gobierno Local y Autonómico contra las chabolas en Alicante

Ya se han tramitado 23 expedientes por asentamientos irregulares en partidas rurales y suspendido diez obras

El director de la Agencia Valenciana de Protección del Territorio (AVPT), Santiago Gambín, el alcalde de Alicante, Luis Barcala, en una reunión en el Ayuntamiento de Alicante
El director de la Agencia Valenciana de Protección del Territorio (AVPT), Santiago Gambín, el alcalde de Alicante, Luis Barcala, en una reunión en el Ayuntamiento de AlicanteLa Razón

El alcalde de Alicante, Luis Barcala, y el director de la Agencia Valenciana de Protección del Territorio (AVPT), Santiago Gambín, han firmado un protocolo de actuaciones para frenar los asentamientos ilegales en zonas no urbanizables de las partidas rurales del municipio. Se hace especial hincapié en las infracciones que se cometan en suelo inundable, según informa el Ayuntamiento a través de un comunicado de prensa.

El Consejo de Dirección de la AVPT ya acordó, a petición del alcalde de Alicante, introducir un nuevo concepto en la priorización de expedientes en relación a aquellos que se ubiquen en zonas con niveles de Peligrosidad 1, 2, 3 y 4, según la cartografía del Patricova -Plan de Acción Territorial sobre prevención del Riesgo de Inundación en la Comunidad Valenciana.

De momento, la Concejalía de Urbanismo ha trasladado a la Generalitat 23 expedientes por irregularidades en suelo no urbanizable, 10 de los cuales han incorporado decreto municipal de suspensión de obra. La AVPT por su parte, tras incoar los procedimientos de restauración de la legalidad y ratificar las órdenes de paralización de obras, está acordando el precinto de las obras que no han acatado la orden de paralización.

Cesión de competencias

El Ayuntamiento de Alicante está adscrito a la AVPT desde marzo de 2022. Un organismo que tiene la misión de garantizar la protección de la legalidad urbanística en suelo no urbanizable, asumiendo competencias clave, como la adopción de medidas cautelares, la instrucción de procedimientos sancionadores y la coordinación con otras entidades para reforzar la vigilancia y control urbanístico en este tipo de suelo.

Desde entonces, es objeto de la AVPT ejercer las potestades administrativas de disciplina urbanística respecto de infracciones graves o muy graves cometidas en suelo no urbanizable, común o protegido, en el territorio del municipio de Alicante.

Con el objetivo común de “velar por la seguridad de los ciudadanos, poniendo todos los medios que estén a su alcance para alcanzar tal fin”, el Ayuntamiento y la AVPT acuerdan ahora en este protocolo una serie de actuaciones en aras de optimizar la coordinación entre los agentes implicados en la protección del territorio, colaborando así para una mejora en la planificación de las funciones que cada parte debe realizar.

El protocolo refuerza la colaboración entre administraciones, optimizando los recursos e imprimiendo eficacia y eficiencia en los procedimientos, facilitando así el cumplimiento de los principios de sostenibilidad y legalidad en la ordenación del territorio.

Acuerdos de colaboración

El acuerdo fija que el Ayuntamiento de Alicante dictará si procede actuaciones previas como la suspensión de obras mediante decreto de la concejala de Urbanismo en el cual se apercibirá al interesado o los interesados de que, en caso de incumplimiento de la orden de paralización, se procederá por los agentes de la Policía Local a cumplimentar lo ordenado por el procedimiento de la acción de oficio previo requerimiento, actuando materialmente, mediante el precinto de las obras, en el caso de no ser atendida la orden.

Además, remitirá informes técnicos a través del Servicio de Planeamiento, conforme a los modelos establecidos por la AVPT, remitirá a ésta la documentación requerida -actas, informes técnicos y decretos de suspensión- a través de su Oficina Virtual y colaborará con ella para practicar notificaciones y facilitar la instrucción de expedientes, asegurando la celeridad de los procedimientos.