Nuevo pontífice

Tribunales
La Fiscalía ha interpuesto formalmente su recurso contra la absolución de Dani Alves por parte del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña. En su escrito cuestiona el fallo que revocó la condena del futbolista y ampara a la víctima que le denunció por una presunta violación ocurrida el 31 de diciembre de 2022 en una discoteca de Barcelona. Al respecto, explica que los gestos de víctimas que declaran estar bloqueadas, como es el caso, no pueden aprovecharse por el tribunal para restarles credibilidad.
"Nos quedan largos trechos por recorrer en la defensa de la víctima que además es sujeto pasivo del delito. No es que haya visto el delito, es que lo ha sufrido", expone en su recurso de casación. El Ministerio Público comienza el escrito alabando la condena inicial de Alves a cuatro años y seis meses de prisión, por parte de la Audiencia Provincial de Barcelona en febrero de 2024. El escrito recuerda que la motivación del fallo fue "exhaustiva y absolutamente racional" al considerar que el testimonio de la víctima era verosímil.
Sin embargo, con este último pronunciamiento de la Justicia entiende que se le anula "la fiabilidad" y hasta se le "condena moralmente" por el hecho de que en su boca aparecieran restos de ADN del futbolista que contravendrían el testimonio de la joven. Al respecto, sostiene que la pericial concluyó que la existencia de los mismo podía deberse a múltiples causas, "entre ellas la indicada por la mujer".
"Entendemos que el tribunal ha realizado una valoración irreflexiva e irracional respecto de una parte de las pruebas practicadas en el acto de juicio oral (...). Ello ha llevado al Tribunal de apelación a emitir unas conclusiones que entendemos son completamente erróneas e irracionales, incluso arbitrarias (...), vulnerando el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva previsto en el artículo 24.1 de la Constitución Española", recoge el recurso de casación.
El Ministerio Fiscal reprocha a los magistrados que descalificaran la declaración de la víctima por dos detalles: que acudiera voluntariamente con el acusado al reservado cuando dijo que lo había hecho forzosamente y por resultar acreditado que le practicó una felación previamente al acto de penetración vaginal. La Fiscalía responde que acceder voluntariamente a entrar en esa zona no implica que aceptara cualquier práctica sexual que pudiera ocurrir dentro. "Parecería recuperar el postulado medieval de la mujer que consiente en embriagarse con un hombre consiente en todo. No es así", insisten.
De hecho, explica que las contradicciones que mostró la joven durante la instrucción y en el juicio son "entendibles desde el dolor y la angustia de un dolor que le supera". El Ministerio Fiscal incide en que cuando se verbaliza una agresión sexual como la que ella denunció se puede producir alguna "inexactitud" en el relato completamente comprensible tras haber sido víctima de una situación "dramática". "Es imposible no ver en este rosario de secuencias, la expresión más viva del particular calvario moral de una joven agredida sexualmente", precisa.
En relación con el segundo de los detalles que considera arbitrario, relativo a los restos de ADN de Alves que encontraron en su boca, el Ministerio Público alega que existe más de una posibilidad que lo explique. Así pues, podría provenir de un beso o de haber bebido en un vaso común. En cualquier caso, del informe pericial, reza el recurso, no se puede extraer la conclusión unilateral de que la víctima le practicó una felación voluntaria. "La prueba científica no acredita que la joven hubiera mentido", concluyen al respecto.
Así, la Fiscalía también se pronuncia sobre la "falta de fiabilidad" a la que apelaron los magistrados sobre el testimonio de la denunciante. En la sentencia que revocó la cárcel de Alves, el TSJ hizo una distinción entre "fiabilidad" y "credibilidad". Ahora, la Fiscalía explica que ambas van unidas y que la primera es la antesala de la segunda, abriendo la puerta a validar el testimonio de la joven. Por ello, hacen valer las condiciones en las que atendieron a la joven los miembros de seguridad de la discoteca apenas minutos después de producirse la presunta violación.
"Lo que entonces pretende el TSJC es que la víctima, tras sufrir un evento traumático como una agresión sexual con penetración, instantes después, ofrezca todo lujo de detalles de la agresión sufrida en mitad de una sala de baile cerrada dentro de la discoteca", alega. De esta forma pide al Tribunal Supremo, que será el que tenga la última palabra sobre lo ocurrido, que valore su testimonio "desde la perspectiva de una mujer agredida sexualmente". Para ello se apoya en el informe psiquiátrico del forense -del que dice que es contundente- por el trastorno posterior a los hechos por el que fue diagnosticada.