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Cómo devolver el dinero cobrado de más de un ERTE

Los afectados por ERTE tienen 30 días para reembolsar al SEPE los cobros indebidos. Estos son los pasos a seguir

Imagen de varias personas haciendo cola para ser atendido en una oficina del SEPE
Imagen de varias personas haciendo cola para ser atendido en una oficina del SEPECristina BejaranoLa Razón

Hace apenas unos días el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) recordó en una nota aclaratoria que los afectados por ERTE a los que, por error, se les ingresó más dinero del que deberían estar cobrando, cuentan con 30 días hábiles para proceder a su devolución sin recargos ni intereses. El organismo informó, además, de que ya se está procediendo a notificar los cobros indebidos que se puedan haber originado. Si se encuentra entre los afectados, estas son las opciones que tiene para devolver el cobro indebido o negarse a hacerlo si no está de acuerdo con los motivos de devolución:

1. Los trabajadores en ERTE que hayan recibido cobros de forma indebida recibirán una notificación para proceder a su devolución. En la comunicación enviada por correo postal, el SEPE informará del motivo del cobro indebido, del importe que adeuda e indicará un número de cuenta donde realizar la devolución.

2. El trabajador dispone de 30 días hábiles (no cuentan festivos ni fines de semana) para ingresar el dinero en la cuenta indicada sin recargos ni intereses.

3. Transcurridos los 30 días sin que haya devuelto el cobro indebido, se emitirá la correspondiente certificación de descubierto por la que se inicia la vía de apremio. Esta vía tiene un recargo del 20% sobre el importe del cobro indebido.

4. Si no puede devolver todo el dinero en un solo pago, puede solicitar un aplazamiento o fraccionamiento de la deuda durante esos 30 días. El plazo de pago no podrá exceder los cinco años, salvo autorización de la Dirección General del SEPE. Además, a la cantidad adeudada se le aplicará un interés de demora del 3,75%. Y si no ingresa alguna de las cantidades fraccionadas, el SEPE le requerirá la cuantía pendiente en un solo pago.

5. En el apartado “Cobros indebidos” del siguiente enlace podrá encontrar los formularios a rellenar en caso de solicitar un aplazamiento o fraccionamiento del pago.

6. Si solicita un fraccionamiento o aplazamiento después del plazo voluntario de 30 días, a la cantidad adeudada también se le añadirán estos recargos del 20%.

7. En caso de no devolver el dinero ni solicitar un fraccionamiento, si al trabajador luego se le abona una prestación por desempleo, se le descontará la cantidad adeudada de esa prestación hasta saldar el cobro indebido pendiente.

8. Si no está de acuerdo con la comunicación de devolución de cobro indebido, podrá presentar alegaciones ante la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en el plazo de 10 días desde que recibió el mensaje. Pasado ese plazo, si no se estiman sus alegaciones, la Dirección Provincial se pondrá en contacto con usted resolviendo que sí se trata de un cobro indebido y especificándole la cuantía a devolver.