Salarios 2021
¿Cuánto me retienen de IRPF en la nómina?
El cálculo depende del salario, la situación familiar del trabajador, discapacidades, el tipo de contrato y su duración, entre otros factores. Además, es importante saber qué tramo del IRPF le corresponde
Al recibir su primer sueldo, la diferencia entre la cantidad acordada y lo que realmente llegó a su cuenta puedo suponer una desagradable sorpresa. La diferencia entre el salario bruto y el salario neto está marcada por los pagos que se realizan a la Seguridad Social y las retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Estas retenciones representan parte de los pagos que el trabajador adelanta a Hacienda y que determinarán si en la declaración de la Renta le saldrá a pagar o a devolver.
El cálculo de la retención que se debe aplicar sobre su sueldo bruto depende del salario, la situación familiar del trabajador, discapacidades, el tipo de contrato y su duración, entre otros factores. Además, es importante saber qué tramo del IRPF le corresponde en función de todas las rentas que recibe. Los tramos son los siguientes:
1º Con ingresos hasta 12.450 euros, la retención es del 19%
2º Entre 12.450 euros hasta 20.200 euros, se retiene el 24%
3º Entre 20.200 euros y 35.200 euros, pagará el 30% de IRPF
4º De 35.200 euros a 60.000 euros, se retiene el 37%
5º De 60.000 euros a 300.000 euros, la retención es del 45%
6º Este tramo en nuevo. A partir de los 300.000 euros pagará el 47% de IRPF
Hay que tener en cuenta que elIRPF es progresivo. Los ingresos anuales se dividen por tramos y a estos se les asigna un porcentaje de impuestos a pagar. Por ejemplo, si tiene un sueldo de 22.200 euros al año pagará el 19% de los primero 12.450 euros, el 24% de 7.750 euros, la diferencia entre el primer y segundo tramo (20.200-12.450= 7.750 euros), y el 30% de 2.000 euros, es decir, de la diferencia de su sueldo, que pertenece al tercer tramo, y el segundo tramo (22.200-20.200=2.000 euros). No obstante, a este cálculo hay que añadirle el resto de los factores anteriormente nombrados.
¿Es obligatorio?
La retención del IRPF en la nómina es obligatoria. No obstante, “no se practicará retención sobre los rendimientos del trabajo cuya cuantía, determinada según lo previsto en el artículo 83.2 de este Reglamento, no supere el importe anual establecido en el cuadro siguiente en función del número de hijos y otros descendientes y de la situación del contribuyente”, recoge el Real Decreto 1461/2018, de 21 de diciembre.
¿Y se puede elegir la cantidad?
No, no se puede elegir la cuantía de la retención en la nómina, aunque existe una excepción que permite solicitar una reducción, según el Real Decreto 1003/2014: “Cuando la cuantía total de las retribuciones a la que se refiere el artículo 83.2 de este Reglamento sea inferior a 33.007,2 euros y el contribuyente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 88.1 de este Reglamento, hubiese comunicado a su pagador que destina cantidades para la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual utilizando financiación ajena por las que vaya a tener derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual regulada en la disposición transitoria decimoctava de la Ley del Impuesto, el tipo de retención se reducirá en dos enteros, sin que pueda resultar negativo como consecuencia de tal minoración”
¿Cómo se calcula?
La Agencia Tributaria cuenta con una calculadora que permite conocer la parte del sueldo que corresponde a Hacienda en función de su retribución y condiciones laborales y personales. Para obtener el porcentaje y la cantidad en euros de lo que le quitarán en concepto de IRPF, deberá rellenar cuatro apartados: datos personales, ascendientes y descendientes, datos económicos y datos de regularización. Una vez completados todos los campos, en el apartado “resultados” podrá consultar la retención que debería estar aplicando Hacienda.
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