Impuestos

¿Cuánto se queda Hacienda de mi pensión?

La retención por el IRPF dependerá de la cuantía de la pensión y de las circunstancias económicas y familiares del beneficiario

Imagen de dos personas mayores con mascarillas
Imagen de dos personas mayores con mascarillasJesús G. FeriaLa Razon

Una vez las personas alcanzan los 65 años y acceden a la condición de pensionista, logran una serie de ventajas y descuentos para disfrutar de su retiro plácidamente. Cuando se cumple la edad legal de jubilación, la situación laboral cambia, pero las obligaciones fiscales se mantienen. Las pensiones se consideran rendimientos del trabajo, al igual que la nómina, y por lo tanto, están sujetas a una retención por el IRPF. La cantidad a devolver al Estado dependerá de la cuantía de la pensión y de las circunstancias económicas y familiares del beneficiario.

¿Cuánto se queda Hacienda de mi pensión?

Ahora que sabemos que las pensiones están sujetas a declaración, hay que aclarar que no todos los pensionistas tienen que presentar la declaración de la Renta. Los contribuyentes que perciban ingresos inferiores a 22.000 euros anuales no están obligados a realizar el trámite. Además, en el caso de tener dos pagadores, el límite se reduce hasta los 14.000 euros anuales, siempre que los ingresos procedentes del segundo pagador superen los 1.500 euros anuales.

En cuanto a las retenciones, es a partir de los 12.000 euros anuales cuando empiezan a ser notables. Las que se sitúan por debajo de dicha cantidad apenas tienen que pagar un 1%, según los datos de la Agencia Tributaria para el ejercicio de 2018. El IRPF, al ser un impuesto progresivo, deja varios tramos en función de la cuantía de la pensión. De esta forma, las que se ubicaron entre los 12.001 y 18.000 euros anuales tributaron al 2,61%; entre 18.001 y 24.000 euros al 8,69%; entre 24.001 y 30.000 euros al 11,83% y las que superaron los 30.000 euros tuvieron una retención del 15,59%.

¿Qué pensiones están exentas del IRPF?

El Artículo 7 de la Ley del IRPF recoge las rentas extentas del pago del impuesto. Entre ellas se incluyen:

- Las prestaciones derivadas de actos de terrorismo y de medallas y condecoraciones concedidas por este tipo de sucesos.

- Las pensiones reconocidas a las personas que sufrieron lesiones o mutilaciones como consecuencia de la Guerra Civil.

- Las prestaciones de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.

- Las pensiones de orfandad.

- Las prestaciones en favor de familiares que sean menores de 22 años.

Si, por ejemplo, una persona cobra una de las pensiones extentas del pago de IRPF antes de alcanzar la edad legal de jubilación, cuando comience a percibir la prestación por su retiro cambiará de dominación. Es decir, mantendrá las condiciones, pero sus obligaciones fiscales cambiarán.