Hacienda

Nueva ley antifraude: límite de 1.000 euros para los pagos en efectivo y otras medidas

Se prohíben las amnistías fiscales, se acaban con las ventajas fiscales de los pactos sucesorios y se pone cerco a las criptomonedas

Un empleado trabaja en una oficina de la Agencia Tributaria, a 2 de junio de 2021, en Guzmán el Bueno, Madrid, (España)
Un empleado trabaja en una oficina de la Agencia Tributaria, a 2 de junio de 2021, en Guzmán el Bueno, Madrid, (España)Cézaro De LucaEuropa Press

El Pleno del Congreso ha aprobado este miércoles de forma definitiva la ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal. Estas son algunas de sus principales medidas.

1. AMNISTÍAS FISCALES. Se prohíben las amnistías fiscales.

2. EFECTIVO. Se baja el límite de los pagos en efectivo a empresas o profesionales de 2.500 a 1.000 euros.

3. LISTA MOROSOS. Se baja de un millón a 600.000 euros de deuda con Hacienda el umbral para aparecer en la lista de morosos.

4. IMPUESTO DE MATRICULACIÓN. Los cambios del impuesto de matriculaciones en vigor desde enero -un ajuste de emisiones que supone, en la práctica, una subida en la mayor parte de los casos- queda en suspenso en lo que queda de año. Es decir, en lo que queda de 2021 se pagará el impuesto en los mismos términos que en 2020, mientras que a partir de 2022 se hará como se aprobó en enero de este año.

5. CATASTRO. El Catastro fijará un valor de referencia de cada inmueble a partir de todos los datos disponibles -importe de compraventa, estado de conservación, antigüedad, etc.- que será la base imponible de los impuestos de sucesiones y transmisiones patrimoniales. Este valor de referencia también se utilizará para el cálculo del impuesto de patrimonio, aunque solo para los inmuebles adquiridos a partir de 2022.

6. SICAV. El beneficioso régimen fiscal de las sociedades de inversión de capital variable (sicav) exigirá que cada uno de los socios tenga acciones por valor de, al menos, 2.500 euros para evitar el recurso a “mariachis” o socios con participaciones irrelevantes para completar el mínimo de 100 socios.

7. SOCIMI. Se establece un gravamen especial sobre el beneficio no distribuido de las sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario (socimi) del 15 %.

8. PACTOS SUCESORIOS. Se suprimen las ventajas fiscales que algunas comunidades autónomas conceden a los pactos sucesorios o herencias en vida si los bienes obtenidos por esta vía se transmiten antes de cinco años.

9. INSPECCIONES. Se establece que la Agencia Tributaria deberá obtener el consentimiento del obligado tributario o una autorización judicial para efectuar entradas en domicilio durante sus inspecciones.

10. CRIPTOMONEDAS. Se refuerza el control sobre las criptomonedas, de forma que los contribuyentes tendrán que informar de los saldos y titulares de las cuentas tanto en territorio nacional como en el exterior, así como de las operaciones de adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos.

11.PARAÍSOS FISCALES. Se amplía el concepto de paraíso fiscal para permitir la inclusión de jurisdicciones no cooperantes.

12. SOFTWARE DE DOBLE USO. Se prohíbe la producción, tenencia o comercialización de programas o sistemas informáticos de doble uso, que permiten a las empresas ocultar parte de su actividad.