Pacto de Toledo

La Seguridad Social no quiere despenalizar las jubilaciones anticipadas con largas carreras de cotización

Escrivá presenta el informe exigido por el Pacto de Toledo sobre la eliminación de los coeficientes que reducen sus pensiones. Estos son los 8 motivos por los que concluye que no se deben suprimir

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, durante una intervención en el pleno del Congreso
El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, durante una intervención en el pleno del CongresoChema MoyaAgencia EFE

La Seguridad Social presentó el pasado viernes 30 de julio el informe sobre el efecto de despenalizar la jubilación anticipada para trabajadores con largas carreras de cotización. El documento fue presentado dentro del límite que se marcó el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, quien se comprometió a entregarlo antes de que acabara el mes de julio, tras exceder en cinco meses el plazo inicial concedido por el Pacto de Toledo. LA RAZÓN ha tenido hoy acceso al estudio cuyo resultado no es satisfactorio para los 550.000 jubilados anticipados afectados por coeficientes que reducen sus pensiones hasta en un 25% pese a haber cotizado más de 40 años.

El informe exigido por la recomendación 12 del Pacto de Toledo confirma los peores temores de los afectados representados por la asociación Asjubi40: el ministerio de Seguridad Social no recomienda la despenalización de sus jubilación anticipadas. Entre los motivos, el departamento dirigido por Escrivá señala que la mayoría de los españoles se jubilan habiendo cotizado más de 40 años, por lo que las largas carreras de cotización no son una excepción, que la edad para jubilarse anticipadamente en otros países de Europa es mayor que la española y que la eliminación de estos coeficientes pondría en riesgo la sostenibilidad del sistema de pensiones español.

Estos son los motivos que recoge el informe para no despenalizar las jubilaciones anticipadas para trabajadores con largas carreras de cotización:

1. El cumplimiento de la edad de jubilación ordinaria, junto a la cotización acumulada a lo largo de la vida profesional, son elementos son esenciales para garantizar el equilibrio y la equidad del sistema de Seguridad Social de acuerdo con un doble principio rector de contributividad y de solidaridad intergeneracional.

2. La aplicación de coeficientes reductores también se da en los sistemas de pensiones de reparto del entorno europeo de referencia. Por lo tanto, no es una singularidad del modelo español. Además, el informe destaca que el número de años requerido para jubilarse anticipadamente es superior en otros países de Europa al que se exige en nuestro país.

3. Los coeficientes reductores responde a una triple lógica de equidad, adecuación y sostenibilidad que se vería seriamente perjudicada si tales coeficientes se eliminaran, al generar importantes diferencias en el valor de la pensión de personas trabajadoras con similares esfuerzos contributivos. Los datos muestran que la aplicación de coeficientes reductores previene “la desigualdad en las condiciones de acceso que se produciría si a dos trabajadores que han cotizado lo mismo se les concediera el mismo importe de pensión, aunque uno de ellos se haya jubilado antes de alcanzar la edad ordinaria de jubilación”.

4. La despenalización de las jubilaciones anticipadas con largas carreras de cotización también generaría un importante impacto en términos de sostenibilidad. El coste financiero “estático” de eliminar los coeficientes reductores incrementaría el gasto anual en pensiones en más de 2.700 millones de euros con el consiguiente aumento de los compromisos de gasto futuro (valor presente actuarial) en 44.345 millones de euros. Además, el informe de la Seguridad Social prevé que este gasto se dispararía aún más “pues la medida provocaría previsiblemente un crecimiento muy significativo de las jubilaciones anticipadas”.

5. Un 55% de las carreras de cotización en el momento de acceso a la pensión de jubilación alcanza o supera los 40 años. “Lo relevante en este punto es la constatación de que las largas carreras de cotización no son en absoluto una excepción y que, por tanto, no deberían ser motivo para justificar una jubilación sin coeficientes reductores cuando la edad a la que se accede a la pensión no es la ordinaria, sino que se anticipa. Teniendo en cuenta la duración de las vidas laborales tanto en España como en la UE, parece más adecuado identificar como carreras largas de cotización aquellas que superen los 44 años reales de cotización”, recoge el documento.

6. Los resultados obtenidos en la determinación actuarial de los coeficientes permiten concluir que, en muchos supuestos, el pago de la pensión supone un coste al sistema que no se ve compensado económicamente por las cotizaciones realizadas por el sujeto causante a lo largo de su vida activa. Por este motivo, con los coeficientes reductores se garantiza el objetivo de que el acceso anticipado a la pensión no suponga un coste excesivo para el sistema ni origine situaciones en las que esta modalidad de jubilación llegue a ser más beneficiosa para el sujeto causante que la jubilación a la edad ordinaria.

7. Sin perjuicio de lo anterior, y como reconocimiento del importante esfuerzo contributivo realizado, el ordenamiento español ofrece ya un tratamiento más favorable a las carreras más prolongadas a través de la modulación de los coeficientes reductores en los supuestos de jubilación anticipada, de la previsión de una jubilación ordinaria a los 65 años o el establecimiento de mejoras adicionales de la pensión por la prolongación de la vida laboral. En esta línea se sitúan, en España y en el ámbito europeo, las políticas dirigidas a lograr una progresiva alineación de las edades efectiva y ordinaria de jubilación.

8. Prueba de ello es el contenido del Acuerdo para la garantía del poder adquisitivo de las pensiones y otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, suscrito por el Gobierno con los interlocutores sociales el pasado 1 de julio. En él se recoge un conjunto de medidas con el objetivo de incentivar la prolongación de las carreras de cotización preservando la equidad del sistema. Entre ellas se incluye la revisión de los coeficientes reductores aplicables en los supuestos de jubilación anticipada mejorando especialmente el tratamiento de las carreras de cotización más largas.