Vivienda

¿Puede mi casero subirme el alquiler con el IPC? Estas son las excepciones

La actualización del precio se aplica cada vez que el contrato llega a la anualidad y en función de la inflación del mes anterior, aunque hay excepciones. Las rentas que se actualicen en enero se encarecerán un 6,5%

Vista de cárteles anunciando una plaza de garaje y un apartamento en alquiler, en Madrid
Vista de cárteles anunciando una plaza de garaje y un apartamento en alquiler, en MadridJesus G. FeriaLa Razón

La renta del alquiler se actualiza de forma anual, al alza o a la baja, pero en todo momento en función del valor del Índice de Precios al Consumo (IPC) del mes anterior al cumplimiento de un año de contrato. Eso sí, para aplicar esta revisión, el contrato firmado deberá contener una cláusula en la que se especifique que la renta del piso subirá en función del IPC. Teniendo en cuenta que el valor del IPC de diciembre fue de 6,5% y que el precio mediano en España de un alquiler de un piso de dos habitaciones fue de 680 euros al mes en diciembre de 2020, el coste de la renta mensual de esta vivienda si se actualiza en enero de 2022 subirá 44 euros al mes, hasta los 724 euros mensuales, lo que a su vez supone 530 euros más al año, señala un estudio de Idealista.

Esta subida no será asumible por todos los inquilinos, por ello es conveniente saber en qué casos el arrendador no puede actualizar la renta conforme al IPC. Según la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), la renta sólo puede actualizarse al cumplirse cada año de vigencia de contrato y en los términos convenidos por las partes. “De este modo, en caso de no haberse establecido en el contrato la revisión de las rentas, no procederá la actualización del alquiler”, explica Salvador Salcedo, socio del despacho Ático Jurídico.

Además, la reforma aprobada por el real decreto ley 7/2019 que afecta a la LAU estableció una importante novedad y es que la subida de la renta anual estará ligada al IPC durante el tiempo que dure el contrato (cinco años o siete años en caso de que el propietario sea una empresa). De este modo, el casero no puede subir la renta más del IPC.

¿Es posible actualizar el alquiler sin aplicar el IPC?

No es extraño que en los alquileres de duración superior a cinco años pueda pactarse en el contrato un incremento de la renta conforme a una escala predeterminada. O en base a un porcentaje concreto a aplicar sobre el alquiler para su actualización de manera que ambas partes conozcan de antemano como será revisada la renta a futuro. Práctica que era muy habitual con anterioridad a la reforma del año 2019″, señala Salcedo.

Estos criterios de actualización serán aplicables, en caso de haberse pactado, sin limitación alguna si el contrato de arrendamiento es de fecha anterior al 6 de marzo de 2019. En caso de que el contrato sea posterior a esta fecha, si la revisión de la renta excede el IPC, el propietario deberá reducir la renta al importe experimentado por la variación del IPC.

La actual LAU también permite aplicar una actualización de la renta en base a la variación anual del Índice de Garantía de Competitividad (IGC), en caso de que la actualización prevista en el contrato de alquiler no detalle el índice o metodología de referencia. “El IGC, que publica mensualmente el Instituto Nacional de Estadística (INE), establece una revisión de precios acorde con la recuperación de competitividad de nuestro país frente a la zona euro. Y en la actualidad establece un tipo de revisión muy inferior a la que resulta de aplicar el IPC”, explica el socio del despacho Ático Jurídico.

Qué puede hacer el inquilino si el aumento le resulta inasumible

Los elevados datos de inflación registrados durante los últimos meses están repercutiendo en los precios de los alquileres. En el caso de que su contrato cumpla un año y su casero le comunique su intención de aplicar a la renta la subida de la inflación, sea sincero. Si no puede asumir el coste de la subida, compártalo con el propietario de la vivienda e intente llegar a un término medio, sugiriéndole una subida más moderada de la renta en base a un criterio de revisión distinto o que minore el que resulte de aplicar el IPC. En caso de que ambas partes alcancen un acuerdo, se recomienda que se documente por escrito mediante un anexo al contrato si se llega a un acuerdo, con el fin de que no puedan reclamarle nada.

Si, en cambio, el casero se cierra en banda a aplicar una subida menor, también puede intentar conseguir una mejora en las condiciones de la vivienda, por ejemplo, pidiéndole que instale aire acondicionado si no lo tiene, que renueve algún electrodoméstico o que lleve a cabo la reparación que lleva meses posponiendo.