Subastas

Esta es la forma de pujar en las subastas del Estado de coches de alta gama y ahorrar hasta un 45%

Modelos de marcas tan demandadas como Audi, Mercedes-Benz o BMW se subastan a través de las diferentes administraciones

Entrega de las llaves de un vehículo
Entrega de las llaves de un vehículoDRIIVEME Y SPOTICARDRIIVEME Y SPOTICAR

El Estado obtiene ingresos principalmente a través de los impuestos, no obstante, esta no es la única forma en la que la Administración obtiene beneficios, sino que existen otras vías a través de las cuales recaudan una cantidad significativa de dinero, como con las subastas públicas.

A través de las diferentes administraciones, el Estado vende en las subastas tanto bienes embargados como propios entre los que se encuentran inmuebles, obras de arte o incluso subastas electrónicas de decenas de vehículos de alta gama. Modelos de marcas tan demandadas como Audi, Mercedes-Benz o BMW se subastan con un ahorro de hasta el 45% en comparación a su tarifa en el mercado actual.

Pero, ¿cómo se puede participar en estas subastas? Cualquiera puede acceder ya que son de carácter público, al igual que la información de las mismas, ya que no hace falta ningún tipo de registro ni identificación para poder acceder a ella. La persona interesada tendrá que entrar al Portal de Subastas del Boletín Oficial del Estado seleccionando la opción de “Todos los vehículos” y allí seleccionar la provincia de España para que finalmente aparezcan todos los resultados.

Los datos que aparecen, tras el acceso, es información general sobre la subasta, el estado de la misma, los lotes que se subastan, información del bien subastado, la cantidad reclamada hasta el momento o incluso las pujas.

No obstante, para participar en las pujas, es necesario que la persona primero se registre en el Portal de Subastas, y para ello será necesario contar con el certificado digital o Cl@ve PIN.Tras el registro e iniciar sesión, el usuario podrá tener acceso en todas las subastas que estén abiertas y consultar cómo han ido las ya celebradas.

Las subastas pueden ser de bienes diversos, es por ello por lo que existe la opción de filtrar tan sólo por los coches, así como en función del presupuesto que se disponga. En primer paso seleccionas “buscar”, “«próxima apertura” y “celebrándose” indicando que se está interesado en los vehículos para que aparezcan todos los coches disponibles en subasta a la hora de realizar la búsqueda.

Como ocurre en cualquier subasta, el participante deberá aportar un depósito de dinero, el cual será devuelto íntegramente en el caso de que no se consiga adquirir el bien, en este caso el vehículo, por el que se haya pujado.

Es necesario que para poder pujar, la persona interesada aporte sus datos bancarios para los depósitos, es decir, desde la Agencia Tributaria retienen una cantidad mínima, lo que supone el 5% del precio del bien subastado a modo de depósito.

Estar informado es fundamental

Además de todos los pasos previos a seguir, es necesario que la persona interesada esté bien informada. Por ejemplo, es necesario que se conozca el término “Valor de subasta” que es el valor que tiene la vivienda, coche o bien en la subasta, por lo que su precio final de venta debería rondar esa cifra.

Respecto a las subastas, hay que tener en cuenta que el precio no será el del mercado, sino el del valor de tasación, por lo que antes de pujar por un bien es necesario consultar si tiene cargas adicionales, como deudas, hipoteca pendiente u otros importes que son necesarios amortizar para poder adquirirlo. En el caso de los bienes inmuebles, estas cargas están descritas en la pestaña de “bienes”.

Finalmente, si a la persona interesada se le adjudica un inmueble, esta tendrá 40 días hábiles para pagar, aunque si queda desierta ya que nadie puja, el acreedor durante los próximos 20 días tras el cierre de la subasta podrá pedir la adjudicación del bien por el 50% del valor al que haya salido a puja o por la cantidad que se le adeude, según el artículo 671 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). No obstante esta cifra variará en función del tipo de vivienda que sea, es decir, si es habitual o no del deudor (70%). Si el acreedor no ejerce este derecho dentro del plazo citado, se podrá decretar el fin (‘alzamiento’) del embargo.