IRPF

¿Qué pasa si detecta un error en la declaración de la Renta después de presentarla?

Si se deja pasar y Hacienda envía un requerimiento, el contribuyente se enfrenta a recargos de hasta un 20% y, también, al posible pago de intereses de demora

Un empleado trabaja en una oficina de la Agencia Tributaria, a 2 de junio de 2021, en Guzmán el Bueno, Madrid, (España)
Un empleado trabaja en una oficina de la Agencia Tributaria, a 2 de junio de 2021, en Guzmán el Bueno, Madrid, (España)Cézaro De LucaEuropa Press

Las prisas, la inexperiencia o un despiste pueden dar lugar a que, una vez presentada la declaración de la Renta, el contribuyente se dé cuenta un error en los datos enviados. ¿Cómo se procede entonces para subsanar el error? La Agencia Tributaria ofrece a los ciudadanos dos vías para rectificar dependiendo de quién sea el perjudicado (el propio declarante o Hacienda). Pero antes de conocerlas, lo más importante tras detectar un error es intentar corregirlo lo antes posible y por voluntad propia, ya que si se deja pasar y Hacienda envía un requerimiento, el contribuyente se enfrenta a recargos de hasta un 20% y, también, al posible pago de intereses de demora, advierte Reclamador.es.

¿Cómo puedo corregir la declaración?

De dos maneras distintas. Si el perjudicado es el contribuyente, por realizar mayor ingreso o recibir una menor devolución, debe presentar una rectificación de la autoliquidación presentada Este vía también sirve para informar de un dato que no afecta al resultado de la declaración. En cambio, si el perjudicado es Hacienda porque ha recibido una devolución mayor de la que le corresponde o ha pagado menos de lo que debía, deberá regularizar estas situaciones mediante la presentación a través de Renta WEB de una declaración complementaria a la original.

Cómo hacer una rectificación o declaración complementaria

“Cuando el error causa perjuicio económico al contribuyente, en la página web de la Agencia Tributaria el contribuyente puede acceder nuevamente a su expediente y marcar la casilla de solicitud de rectificación, si bien ya no se podrá optar a esta modificación si Hacienda ya hubiera practicado una liquidación, tanto definitiva como provisional o si en lugar de la renta de este año la modificación se quiere practicar en una declaración antigua, una vez que han transcurrido cuatro años, porque en ese caso las declaraciones (estén bien o mal hechas) ya son firmes”, explica Reclamador.es. “Por otro lado, cuando el error causa perjuicio económico a Hacienda, también se podrá realizar este acto a través del servicio de tramitación del borrador/Renta WEB de la Agencia Tributaria, en el apartado ‘Modificación de una declaración ya presentada’”, añade la plataforma de reclamaciones online.

¿Hasta cuándo puedo enmendar el error?

La declaración complementaria se podrá presentar dentro del plazo establecido para la presentación de Renta 2021 (hasta el 30 de junio) o con posterioridad a la finalización de dicho plazo, siempre que no haya prescrito el derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria. Mientras que la rectificación de autoliquidación se podrá presentar siempre que la Administración no haya practicado liquidación, provisional o definitiva por ese motivo, y no haya transcurrido el plazo de cuatro años desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación, o bien, si se presentó fuera plazo, desde el día siguiente a su presentación.