Empleo

Las empresas con contratos bonificados, obligadas a mantenerlos tres años

El Consejo de Ministros aprueba un nuevo sistema de incentivos a la contratación, que acaba con reducciones en las cotizaciones y con algunas bonificaciones. Las empresas que se deslocalicen fuera de la UE tendrán que devolver las ayudas

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda DíazEduardo ParraEuropa Press

Las empresas seguirán disfrutando de bonificaciones para la contratación laboral y el empleo, pero los requisitos y exigencias aumentan y algunas ayudas se reducen o desaparecen. El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el nuevo sistema de incentivos contractuales y las bonificaciones en el empleo, otorgando mayor prioridad a los colectivos vulnerables o de baja empleabilidad -parados de larga duración, jóvenes, mujeres y personas con discapacidad-.

Con esta nueva norma, que entrará oficialmente en vigor en septiembre, el Gobierno pretende adaptar el sistema de incentivos laborales al marco contractual de la reforma laboral, por lo que al tiempo que se crean nuevas bonificaciones desaparecen muchas otras. Entre las que se crean se encuentrala correspondiente a los menores de 30 no cualificados, que se bonificará con 275 euros. También habrá ayudas para la conversión de contratos eventuales en fijos discontinuos y lo mismo para los indefinidos a tiempo parcial que pasen a indefinidos a tiempo completo. Asimismo, se dispondrán de ayudas para impulsar el autoempleo y la economía social, permitiéndose la capitalización de la prestación por desempleo, como medida de fomento del empleo, tanto para las sociedades laborales como para las cooperativas, posibilitando que los trabajadores por cuenta ajena puedan adquirir la condición de socios trabajadoras o de trabajo.

También es novedosa la bonificación de 138 euros al mes durante tres años por la contratación indefinida o incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de personas que realizan formación práctica en empresas.

Eso sí, hay letra pequeña que cumplir. Las empresas que reciban estos beneficios a la contratación tendrán que mantener el empleo durante tres años, y las que se deslocalicen fuera de la UE tendrán que devolver estas ayudas. En concreto, la norma establece que las empresas que procedan al traslado de su actividad industrial, productiva o de negocio a territorios que no formen parte de la Unión Europea o del de Espacio Económico Europeo (EEE) deberán proceder a la devolución de todas las bonificaciones a la Seguridad Social de las que se hayan beneficiado durante los cuatro años inmediatamente anteriores a la deslocalización, con el recargo y los intereses de demora correspondientes. Igualmente, tendrán que reintegrar las subvenciones públicas obtenidas en materia de contratación y empleo.

Según destacan fuentes ministeriales, la mayoría de estos incentivos, que anteriormente estaban “dispersos” en varias normas, pasan ahora a ser “lineales, y no porcentuales”. Tal es el caso de la contratación de jóvenes menores de 30 años no cualificados, que se bonificará con 275 euros mensuales. El real decreto aprobado habilita también a que puedan ser incentivadas las medidas acordadas en los convenios colectivos que incluyan compromisos como el mantenimiento o el incremento del empleo, la conversión de contratos formativos o de relevo en indefinidos o la mejora del empleo indefinido a tiempo parcial o fijo-discontinuo en empleo indefinido a tiempo completo u ordinario.

La contratación indefinida de personas desempleadas de larga duración da derecho a una bonificación superior cuando la persona contratada es mujer (128 euros mensuales en lugar de 110 euros), cuantía que se extiende también a la contratación de personas de 45 años o más. Los beneficios en las cuotas de la Seguridad Social previstos por la transformación en indefinidos de contratos formativos también tienen novedades derivadas de la unificación de su regulación e incrementan su cuantía un 200 % para igualarla a la prevista por la transformación en indefinido del contrato de formación en alternancia. Además, se elimina de la norma que sólo puedan beneficiarse de esta bonificación las empresas con menos de 50 trabajadores en alta, como sucede actualmente.

También se aumenta la bonificación para trabajadores que presten actividad en determinados sectores de Ceuta y Melilla del 50% actual a una cuantía fija equivalente al 75% de la cotización, y se vincula al desarrollo de acciones formativas para las personas cuyos contratos se bonifican.

Por el contrario, se eliminan y limitan algunos incentivos. Es el caso de los que hasta ahora se destinaban a la conversión de contratos temporales. En este caso se hace solo una excepción: para la transformación de contratos eventuales en la agricultura en fijos discontinuos ordinarios, cuya cotización se bonificará durante tres años con 55 euros por mes, cifra que en el caso de las mujeres será de 73 euros. La bonificación se extenderá durante toda la vigencia del contrato si se trata de una persona con discapacidad. En los supuestos de contratación a tiempo parcial, las cuantías se reducirán proporcionalmente en función de la jornada establecida, aunque no se incentivarán las jornadas parciales inferiores al 50% de la jornada, salvo en los supuestos de permisos por conciliación.

También se limitan las bonificaciones derivadas de las sustituciones se limitan para determinados supuestos a la contratación de personas jóvenes y su duración se ha ajustado a la que pudieran tener los propios contratos de sustitución. Las bonificaciones derivadas de las sustituciones se limitan para determinados supuestos a la contratación de personas jóvenes y su duración se ha ajustado a la que pudieran tener los propios contratos de sustitución.

Asimismo, el decreto establece las nuevas pautas para el empleo de colectivos con dificultades para la inserción laboral, cuyo primer borrador había creado una enorme polémica y un total rechazo en el sector de la discapacidad, ya que en su periodo de consulta pública eliminaba directamente la bonificación del 100% por la contratación de personas con discapacidad que tienen los CEE, cuya plantilla por ley debe superar el 70% de integrantes de este colectivo. Eso significaba la puesta en peligro de los más de 100.000 empleos de personas con discapacidad correspondientes a los CEE y 1, 9 millones de este colectivo en edad de trabajar de 16 a 64 años –de ellos el 34% tiene un contrato–, que hubieran quedo desamparados si salía adelante esta propuesta. Finalmente, desde el Ministerio se rectificó las bonificaciones se mantienen.

Según apuntó la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en la rueda de prensa posterior al Consejo, el nuevo sistema se evaluará de forma permanente, con lo que “ningún incentivo tendrá carácter estructural”, pues sólo se mantendrán los que funcionen. Así, ha explicado que el nuevo sistema de incentivos se dirige a “fomentar la estabilidad del empleo”, de forma que deja de “premiarse” la contratación temporal, salvo para los contratos de sustitución ligados a la conciliación de la vida laboral y familiar, ya que las bonificaciones a la contratación se habían convertido en un “peso muerto”, pues favorecían a las personas que estaban en mejor posición en el mercado laboral en lugar de a las más vulnerables. Díaz ha recordado se da cumplimiento a una de las reformas comprometidas con Bruselas en el Plan Nacional de Recuperación.

Las bonificaciones a la contratación suponen en su conjunto un 25% del gasto total en políticas activas del mercado de trabajo. En 2020, por ejemplo, las bonificaciones de cuotas con cargo al presupuesto de gastos del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ascendieron a 1.821,6 millones de euros.