Empleo

La obligación de mantener tres años los contratos incentivados limitará su efectividad y ahuyentará a las empresas

Un informe de Fedea ve “loable” el decreto ley que reordena las bonificaciones a la contratación, pero critica el plazo “excesivo” de mantenimiento del empleo, que puede provocar el “efecto contrario” al “desincentivar la utilización de estas ayudas” entre las empresas

Encontrar un empleo adecuado es un reto, pero que sea el primero y no haber trabajado antes hace que el desafío sea aún mayor
Encontrar un empleo adecuado es un reto, pero que sea el primero y no haber trabajado antes hace que el desafío sea aún mayorJesús HellínEuropa Press

El Consejo de Ministros aprobó esta semana el nuevo sistema de incentivos contractuales y las bonificaciones en el empleo, con el que pretende adaptar el sistema de incentivos laborales al marco contractual de la reforma laboral, con nuevas bonificaciones y limitación de otras, pero con la exigencia de una letra pequeña que cumplir: las empresas que reciban estos beneficios a la contratación tendrán que mantener el empleo durante tres años, y las que se deslocalicen fuera de la UE tendrán que devolver estas ayudas.

Por ello, la Fundación de Estudios de Economía Aplicada (Fedea) ha publicado hoy un estudio del profesor Miguel Ángel García en el que califica esta condición de “excesiva”, ya que podría “limitar la efectividad de las ayudas” si algunas empresas dejan de pedirlas ante el temor de tener que devolverlas en caso de despidos imprevistos. “El plazo mínimo marcado podría conseguir en la práctica un objetivo contrario al perseguido, desincentivando la utilización de estas ayudas por parte de las empresas y dificultando por tanto la creación de empleo”, advierte. García señala como ejemplo a seguir el plazo de referencia de dos años que se establece en la propuesta de la Comisión Europea dentro del Programa FSE+ dirigido a las comunidades autónomas.

Precisamente, el experto de Fedea hace especial hincapié en el papel de los gobiernos autonómicos y subraya que, al establecerse límites en la forma de aplicar las subvenciones a la contratación, se “reduce el margen del que actualmente disponen las comunidades autónomas” para desarrollar programas específicos adaptados a sus características y circunstancias económicas. “Tal rigidez tiene mal encaje con la elevada descentralización de nuestro modelo de Estado y limita innecesariamente los instrumentos de las comunidades autónomas para mejorar sus niveles de empleo y renta”, avisa. Asimismo, García pone en duda la capacidad de las regiones cumplir con sus obligaciones de gestión y control cuando los programas vienen definidos desde la Administración General del Estado, “sin haber contado con su participación en el diseño”.

Aunque considera que la norma aprobada hace “un loable ejercicio” de ordenación de las bonificaciones existentes, que “de forma coherente con la actual normativa laboral” restringe los incentivos a la contratación de indefinidos, pero también señala que habría sido aconsejable introducir la posibilidad de “modular los incentivos” según las circunstancias, ampliándolos en “recesiones u otros momentos de crisis”. Por ello cree que “establecer cuantías fijas en términos nominales para los distintos tipos de ayudas permitidas dificultará su actualización o su adaptación a las circunstancias”, y que el establecimiento de límites a la forma de aplicar las subvenciones a la contratación “reduce el margen de las comunidades autónomas para desarrollar programas específicos adaptados a sus características y circunstancias económicas”.

A su juicio, el decreto de incentivos adolece de una “excesiva rigidez” en los distintos programas, pues no contempla la posibilidad de introducir diferencias entre los distintos momentos del ciclo económico (recesión y expansión), “un planteamiento que se demostró muy útil durante la pandemia”, aunque señala que la norma es coherente con el objetivo de la reforma laboral de fomentar la estabilidad en el empleo, pues limita el uso de los incentivos a la contratación indefinida. “La posible introducción posterior de cualquier excepción no justificada adecuadamente desvirtuaría el espíritu de la norma y abriría la demanda de igual trato a cualquier colectivo, limitando el cumplimiento con el pretendido objetivo del legislador de ordenar estas políticas en la dirección de fomentar sólo la contratación indefinida”, avisa al respecto.

El autor incide también en que sería deseable mejorar las ayudas a las personas con discapacidades superiores al 33%, para aumentar su participación en los programas desarrollados en los Centros Especiales de Empleo., además de que la regulación de estos incentivos a la contratación tendría que haberse incluido en la Ley de Empleo.