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Alquiler

El aviso de un asesor inmobiliario a los inquilinos que cumplen cinco años de contrato: “Tendrá una oportunidad…”

Este experto incidió en algunos aspectos desconocidos por parte de los arrendatarios a la hora de alquilar una vivienda

Muchos inquilinos tienen dudas sobre los contratos de alquiler EUROPAPRESS

El precio de la vivienda sigue subiendo y el acceso a la vivienda cada vez es más complicado. El precio de la vivienda en alquiler subió un 15% interanual en el mes de enero, el mayor repunte registrado desde agosto de 2018 (6,4 años). Tras este nuevo incremento, el precio del alquiler arrancó el año en una media de 13,55 euros el metro cuadrado al mes, lo que implica que alquilar una vivienda de 80 metros cuadrados ya cuesta 1.084 euros de media, un nuevo récord, según datos de Fotocasa.

Esto ha despertado una gran preocupación en todos aquellos que buscan alquilar una vivienda, especialmente en los jóvenes, pero también en todos aquellos que ya tienen un contrato firmado desde hace tiempo. La creciente subida de los precios tienta a muchos propietarios a subir el alquiler o buscar la forma de romper el contrato para firmar otro con mayor beneficio económico. Esto hace que muchos alquilados teman quedarse sin su actual casa.

Muchos afectados se lanzan a las redes sociales para informarse y pedir la opinión de los expertos. Uno de ellos es Alberto, que mediante su cuenta de TikTok (@legalmente.rrss), explica consejos sobre este tema y resuelve algunas preguntas que le lanzan sus seguidores. Una pregunta frecuente y un tema que ya ha abordado en dos ocasiones ante las dudas, es qué puede ocurrir cuando un inquilino cumple el quinto año de contrato de alquiler.

¿Me puede subir mi casero el alquiler tras el quinto año?

"Es perfectamente legal que el propietario te quiera subir la renta en cada anualidad del contrato de alquiler", explica este experto sobre la subida del alquiler. Está permitida, pero no de cualquier manera: "Tiene que cumplir con una serie de requisitos que establece la ley". Esta subida no puede superar el aumento del IPC (Índice de precios al consumidor) o del IRAV (Índice de precios de arrendamiento de alquileres).

MADRID.-S.S. Reyes.- Aprobada la licitación del contrato para construir nuevas viviendas de protección oficial en alquilerEuropa Press

¿Puede un propietario romper el contrato de alquiler al finalizar el quinto año?

El especialista en temas legales es muy claro sobre la ruptura del contrato de alquiler tras el quinto año por parte del propietario: "Si tu contrato de alquiler va a alcanzar el quinto año el propietario, para echarte, te tiene que avisar al menos con cuatro meses de antelación de que no quiere que el contrato continúe". En este caso es totalmente lícito que este contrato se revoque. Sin embargo, esto ocurre si lo hace con menos tiempo: "Si te avisa con tres, te avisa con dos o te avisa con un mes te está avisando tarde y el contrato se prorroga hasta otros tres años más". Es muy claro sobre este tema: "Si tu contrato está a punto de vencer el quinto año y tu propietario no te ha avisado, se ha prorrogado tres años más".

El inquilino tiene el poder

"Estos tres años son a voluntad de lo que quiera o diga el inquilino, no el propietario", explica en su vídeo. Según explica Alberto, durante todo este tiempo el poder reside en el alquilado y, si así lo quiere, puede seguir prolongando el contrato: "Será solo el inquilino el que pueda decidir si se va o se queda". "El propietario tendrá una nueva oportunidad de rescindir el contrato en su octavo año", afirma. Por tanto no hay que temer de ser expulsado.

La cláusula que puede permitir la rescisión previa

"Da igual que el propietario no quiera continuar con el contrato, da igual que se lo quiera alquilar a otra persona por más dinero o que lo quiera vender, es el inquilino el que decide", afirma este experto, basándose en el artículo 9 de la Ley de Arrendamientos Urbanos. Explica que todos los contratos de menos de cinco se prorrogan año a año si el alquilado así lo desea. Sin embargo, explica una excepción que puede hacer que esto cambie.

"La única excepción para que no se prorrogue un alquiler es que en tu contrato venga que el propietario va a necesitar la vivienda para uso personal", explica en un segundo vídeo. Añade que solo se puede ejercer bajo una condición: "Solo se puede aplicar si el propietario es persona física". Además, en el caso de las empresa, el mencionado periodo de cinco años pasa a ser de siete.