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Jubilación

Cambios en la jubilación anticipada: estas son las nuevas profesiones que pueden solicitarla

Estos trabajadores podrán retirarse antes de la edad legal sin ver reducida su pensión

Dos jubilados charlan en la calle, en Bilbao. Luis TejidoEFE

El Ejecutivo oficializó el pasado miércoles a través del Boletín Oficial del Estado (BOE) una reforma significativa del sistema de jubilación anticipada, acordada con sindicatos y patronal. El objetivo: permitir que un mayor número de trabajadores de profesiones peligrosas o muy exigentes puedan retirarse antes de la edad legal - entre 65 y 67 años, según cotización- sin ver reducida su pensión.

El real decreto fue aprobado en el último Consejo de Ministros y entrará en vigor el próximo 17 de junio. Esta nueva normativa se dirige principalmente a aquellos sectores donde las condiciones laborales implican un alto coste físico o mental para los empleados, lo que puede derivar en problemas permanentes de salud.

¿Qué cambia con la reforma?

Hasta ahora, la jubilación anticipada estaba reservada a colectivos muy concretos y bajo condiciones estrictas. Con esta reforma, el sistema se flexibiliza, abriendo la puerta a más profesiones que puedan justificar su peligrosidad o dureza mediante indicadores objetivos. La norma establece tres criterios clave:

  • La frecuencia y duración de las bajas médicas,
  • El número de casos de incapacidad permanente,
  • Y la mortalidad asociada al ejercicio de esa actividad.

¿Quién podrá jubilarse antes?

La norma no establece de forma automática qué profesiones obtendrán este derecho. Será la Seguridad Social, ya sea por iniciativa propia o a solicitud de sindicatos y patronales, quien evalúe cada caso concreto. Para ello se elaborarán informes técnicos basados en los indicadores mencionados.

Los trabajadores de los sectores reconocidos como de especial peligrosidad deberán acreditar al menos 15 años de experiencia en el mismo y encontrarse en activo al alcanzar la nueva edad de jubilación anticipada que se les fije.

Por el momento, algunos gremios ya han anunciado su intención de solicitar el acceso, como el de la construcción, el transporte por carretera o las camareras de piso. A día de hoy, las profesiones que ya cuentan con este beneficio incluyen a:

  • Mineros
  • Bomberos
  • Policías autonómicos y locales
  • Personal de vuelo
  • Trabajadores ferroviarios
  • Artistas y toreros

¿A qué edad podrán retirarse?

La edad exacta dependerá de los informes técnicos que se elaboren para cada sector. Algunos colectivos, como el de la construcción, plantean retirarse a los 60 años, aunque el Gobierno establece que nadie podrá jubilarse antes de los 52 años.

Dos obreros colocan una pieza metálica del cajón de obra durante las obras de ampliación del metrocentro de San Bernardo a Santa Justa en el barrio de Nervión. Joaquin Corchero / Europa PressJoaquin CorcheroEuropa Press

¿Cómo se solicita y cuánto tarda el proceso?

La petición de reconocimiento deberá ser tramitada por las organizaciones empresariales o sindicales más representativas del sector. En el caso de actividades con un alto número de autónomos, podrán hacerlo asociaciones como ATA, UPTA o UATAE. No se admitirán solicitudes individuales.

Además, debe existir un consenso entre patronal y trabajadores, ya que las empresas afectadas deberán asumir una sobrecotización adicional como parte del proceso. Si no hay acuerdo, la solicitud no podrá continuar.

Una vez presentada, la Administración tiene un plazo de seis meses para pronunciarse. Si no responde en ese tiempo, se considerará denegada por silencio administrativo.

Próximos pasos

Aunque el decreto entra en vigor el 17 de junio, la incorporación de nuevas profesiones al catálogo podría no materializarse hasta finales de 2025. A partir de esa fecha, los sectores interesados podrán comenzar a presentar sus solicitudes formales.

Esta reforma representa un avance hacia un sistema de pensiones más justo, adaptado a la realidad laboral de miles de trabajadores que desempeñan sus funciones en condiciones especialmente duras.