Seguridad Social

Esta es la ayuda de 480 euros que puede cobrar de forma indefinida quien supere esta edad

El Servicio Público de Empleo Estatal ofrece varias prestaciones y subsidios para ayudar a aquellos que hayan perdido su trabajo de forma involuntaria

Dos personas en la puerta de la Oficina de Empleo en Madrid
Dos personas en la puerta de la Oficina de Empleo en MadridJesús HellínEuropa Press

Llegar a fin de mes supone todo un reto para las familias, sobre todo para aquellas personas que se encuentran en la cola del paro ante la falta de oportunidades de empleo que ofrece el mercado laboral en nuestro país. Por ello, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece varias prestaciones y subsidios para ayudar a aquellos que hayan perdido su trabajo de forma involuntaria y estén en paro, una situación que se da con más frecuencia de la deseada en los trabajadores de avanzada edad.

En este sentido, el SEPE ofrece a aquellas personas que hayan dejado de cobrar el paro y que tengan 52 años o más una ayuda de forma indefinida.

El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda económica que va dirigida a aquellos profesionales que han agotado por completo la prestación o subsidio por desempleo, que no pueden acogerse a una jubilación anticipada y además no disponen de rentas que les permitan vivir dignamente. La duración de esta ayuda será hasta que el beneficiario alcance "la edad ordinaria que se le exija para tener derecho a la pensión contributiva de jubilación en el sistema de la Seguridad Social", tal y como explican desde la página web del SEPE.

La cuantía mensual del subsidio por desempleo es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM), por lo que los beneficiarios recibirán 480 euros al mes en 2023 (80% de 600 euros).

Requisitos para solicitar esta ayuda

No obstante, aquellos que quieran acceder al subsidio para mayores de 52 años deben saber que será necesario cumplir una serie de requisitos:

  • Estar desempleado.
  • No tener la condición de persona trabajadora fija discontinua.
  • Estar inscrito como demandante de empleo durante un mes desde que se agote la prestación por desempleo.
  • No haber rechazado ofertas de empleo o cursos de formación durante ese mes.
  • Carecer de rentas propias de cualquier naturaleza que en cómputo mensual sean superiores al 75% del SMI. Si no cumpliera este requisito en la fecha del hecho causante, podrá acceder al subsidio si lo cumple y lo acredita dentro del plazo de un año desde entonces.
  • Tener 52 años o más en la fecha en que se cumplan los requisitos para acceder al subsidio. No obstante, este requisito no es imprescindible: “si en la fecha en que se encuentre en alguno de estos supuestos no hubiera cumplido la edad de 52 años, pero desde dicha fecha permaneciera inscrito o inscrita ininterrumpidamente como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo, podrá solicitar el subsidio cuando cumpla esa edad”, señala el SEPE. Además, no se tendrán en cuenta las posibles interrupciones inferiores a 90 días o que correspondan a periodos de actividad por cuenta propia o ajena.
  • Acreditar que reúne todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a la jubilación (es decir, haber cotizado al menos 15 años, de los cuales 2 años han de estar dentro de los últimos 15).
  • Haber cotizado por desempleo un mínimo de 6 años a lo largo de su vida laboral.