Vacaciones

¿Estoy obligado a coger vacaciones en el mes en el que mi empresa cierra?

La normativa vigente otorga a cada empleado 30 días naturales de descanso anuales o 22 días laborales de vacaciones cada año

Personas disfrutando de la playa de Salobreña, en Granada
Personas disfrutando de la playa de Salobreña, en GranadaAgencia EFE

Las vacaciones son sagradas y es que todo el mundo está deseando que llegue ese momento del año en el que poder disfrutar de un merecido descanso. El verano es, por norma general, cuando la mayoría de españoles aprovechan para irse unos días de viaje.

En España las vacaciones laborales son un derecho fundamental de los trabajadores. "El periodo de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales". Así lo establece el artículo 38.1 del Estatuto de Trabajadores.

De esta forma, la normativa vigente otorga a cada empleado 30 días naturales de descanso anuales o 22 días laborales de vacaciones cada año. Este periodo vacacional podrá aumentar gracias al convenio colectivo si es que decide establecer uno superior al mencionado.

Aunque muchos eligen la temporada estival para disfrutar de estos días, hay otros que prefieren irse de viaje en otro momento del año para que les salga más económico o porque ya tienen algo programado. No obstante, este periodo no suele coincidir cuando la empresa cierra por vacaciones. Ante este escenario, la mayoría de empleados se preguntan si están obligados a cogerse ese periodo de descanso cuando la compañía cierra en verano o si pueden disfrutar de este cuando ellos quieran.

¿Tienes que cogerte vacaciones sí o sí?

La normativa vigente establece que el periodo del disfrute de las vacaciones se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, "de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones".

El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa y el trabajador conocerá las fechas que le correspondan al menos dos meses antes del comienzo del disfrute.

"La empresa unilateralmente no te puede fijar sí o sí las vacaciones ni aunque cierre", señala el abogado laboralista Juanma Lorente en un vídeo publicado en su cuenta de TikTok. Y asegura que si la compañía obliga a un empleado a coger estos días dentro de un tiempo concreto podrá demandarla y que un juez sea el que decida las vacaciones.

Asimismo Lorente explica que si la empresa cierra, lo normal es que el trabajador llegue a algún acuerdo con la misma para que le cuenten como vacaciones algunos días de los que está cerrada la compañía y el resto no. "Es un acuerdo entre empresa y trabajador", sentencia.