Hacienda
Hacienda todavía no me ha devuelto la declaración de la Renta, ¿qué puedo hacer?
La Agencia Tributaria no ha ingresado la devolución del IRPF a 375.000 contribuyentes
Hacienda dispone de seis meses, desde el término del plazo de la declaración de Renta (30 de junio de 2023), o desde la fecha de la presentación si fue posterior, para efectuar el ingreso a los contribuyentes con resultado a devolver. Este plazo acabó con la entrada del nuevo año, lo que no implica necesariamente que todos los contribuyentes hayan recibido su devolución. De hecho, aunque a cierre de año, el fisco había devuelto más de 11.200 millones de euros a más de 14,6 millones de contribuyentes por el IRPF de 2022, todavía quedan un total de 375.673 contribuyentes pendientes de cobrar, según ha informado TaxDown en base a los datos ofrecidos por la Agencia Tributaria. Si usted es uno de esos contribuyentes a los que todavía no le ha llegado el dinero, esto es lo que puede hacer.
Motivos del retraso en la devolución
Si Hacienda sobrepasa el límite de seis meses para devolverle el dinero es probable que sea por un motivo. La razón más habitual por la que una devolución se retrasa es porque Hacienda está comprobando los datos de su declaración. Esto ocurre generalmente cuando incluye datos diferentes de los que la Agencia Tributaria disponía y debe confirmar que todo es correcto. En el caso de las declaraciones de la Renta de los trabajadores autónomos, la Agencia Tributaria suele ir un paso más allá y analizar posibles irregularidades en la comunicación de los ingresos o los gastos o realizar comprobaciones cuando estos gastos no se correspondan con la actividad profesional correspondiente. La lista de motivos de esta comprobación puede ser de lo más variada.
Cómo comprobar el estado de su declaración
Aunque el contribuyente no puede hacer nada para acelerar el proceso, algunas personas se quedan más tranquilas comprobando el estado de su declaración para saber si sigue el curso habitual o hay alguna incidencia. Para comprobar en qué estado se encuentra la devolución de nuestra declaración de la renta, la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes este servicio a través de su web dentro del apartado Renta 2022 al que se puede acceder mediante certificado electrónico, a través de nuestra Clave PIN o con el número de referencia de nuestro borrador. Los mensajes más comunes que puede encontrarse el contribuyente son:
- “Su declaración se está tramitando”. La Agencia Tributaria ha recibido la declaración, pero todavía no ha iniciado la revisión.
- “Su declaración está siendo comprobada”. Hacienda está comprobando que los números y los datos que has aportado en tu declaración de IRPF son los correctos.
- “Su declaración ha sido tramitada por los órganos de Gestión Tributaria”. Hacienda ya ha terminado de revisar todos los datos de tu declaración, y sólo le queda dar la orden para ingresar la devolución en tu cuenta bancaria.
No obstante, por mucho que consulte su declaración no conseguirá que el proceso se acelere. En definitiva, no queda otra que tomárselo con calma. Si no existe ninguna incidencia, la Agencia Tributaria le devolverá el importe de la Renta sin tener que hacer ningún trámite extra más allá de presentar la declaración. En cambio, si Hacienda detecta una incidencia, le hará llegar un requerimiento para subsanar los posibles errores.
El único caso en el que podría intervenir para intentar acelerar el proceso es cuando vea el mensaje “Su declaración está siendo comprobada”. En este caso, lo que puede hacer es pedir cita en la web de la Agencia Tributaria para aportar la información necesaria que aclare la discrepancia. Aunque también tiene la opción de poner una reclamación, rellenando este documento en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Intereses de demora
Dependiendo de la tramitación final de la solicitud, pueden darse distintos casos. Por un lado, que el resultado acabe siendo a pagar. En este caso, puede o no haber sanción para el contribuyente dependiendo del tipo de error que generó esta discrepancia en el resultado.
Por otro lado, puede ocurrir que el resultado sea a devolver pero menos de lo que declaró el contribuyente. En este otro caso, la Agencia Tributaría tendría que pagar intereses pero sólo por la parte resultante de la liquidación. Es decir, si se solicitaron 300 euros y finalmente le corresponde al contribuyente una devolución de 50 euros, esos intereses aplicarán únicamente sobre la cantidad final adeudada, informan desde TaxDown.
Por último, puede ocurrir que efectivamente el importe de la devolución sea correcto y la Agencia Tributaria se haya retrasado en el pago. En este caso, Hacienda tendrá que pagar al contribuyente los intereses correspondientes al tiempo que haya tardado en hacer la devolución.
Estos intereses de demora serán del 4,0625% anual desde la fecha en que expire ese plazo de seis meses hasta la fecha en que se ordene el pago. Este porcentaje de interés lo fija el Gobierno en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y varió el año pasado por primera vez desde 2016 pasando del 3,75% a este 4,06%.
En cualquier caso, todos los contribuyentes recibirán una notificación por parte de Hacienda informando de los intereses de demora que correspondan en cada caso.
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