Empleo

¿Puede el SEPE sancionar a personas que encuentran trabajo y no lo notifican?

La responsabilidad recae en el individuo que recibe prestaciones por desempleo, y no en la empresa que contrata

Entrada de una oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (Sepe), a 2 de junio de 2022, en Madrid (España). El número de parados registrados en las oficinas de los servicios públicos de empleo se redujo en 99.512 desempleados en mayo (-3,3%), lo que situó el total de parados por debajo de los 3 millones por primera vez desde finales de 2008, cuando se inició la crisis financiera. Los contratos fijos se han cuadruplicado y suponen el 44,5% del total y es el sector servicios el que concentra la mayor parte de la reducción del desempleo. 02 JUNIO 2022;DESEMPLEO;EMPLEO;TRABAJO;INEM;OFICINA DE EMPLEO; Carlos Luján / Europa Press 02/06/2022
Entrada de una oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (Sepe)Carlos LujánEuropa Press

En el complejo entramado de la gestión de prestaciones por desempleo en España, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) desempeña un papel crucial. Sin embargo, un aspecto crucial que a menudo pasa desapercibido es la obligación de los beneficiarios de prestaciones por desempleo de notificar al SEPE cuando encuentran un nuevo empleo. Aunque vivimos en una era digital, la comunicación directa al SEPE es imperativa, independientemente de que la información pueda estar disponible de otras maneras.

La responsabilidad recae en el individuo que recibe prestaciones por desempleo, y no en la empresa que contrata. El SEPE establece claramente que “la empresa que firma el contrato no tiene obligación de informar al respecto”. Ya sea por negligencia, desconocimiento o intenciones ocultas, no notificar la colocación puede resultar en la pérdida de la prestación debido a posibles sanciones.

El proceso de notificación puede realizarse de diversas maneras, ya sea a través de la plataforma web del SEPEcon certificado digital, DNI electrónico o usuario y contraseña cl@ve. Alternativamente, se puede llevar a cabo por teléfono o de manera presencial en la oficina de empleo correspondiente.

Las sanciones por no cumplir con esta obligación varían en gravedad. El SEPE clasifica las infracciones en graves y muy graves. No comunicar la baja en las prestaciones cuando se inicia un nuevo trabajo se considera una infracción grave. La primera vez resulta en la pérdida de tres meses de prestaciones, la segunda en la pérdida de seis meses, y la tercera conlleva la extinción de dichas prestaciones.

Por otro lado, las infracciones consideradas muy graves incluyen la compatibilización de la solicitud o percepción de prestaciones con el trabajo por cuenta propia o ajena sin la debida comunicación. Esta situación puede resultar en la extinción de la prestación, con una duración de la sanción de hasta un año, además de la imposibilidad de participar en actividades de formación profesional propuestas por el SEPE.