Paga extra
¿Me pueden quitar la paga extra? El Estatuto de los Trabajadores lo permite bajo esta condición
La normativa que regula las relaciones laborales establece la posibilidad de que las empresas no tengan que abonar las pagas extra
Los trabajadores de este país son conscientes que, con la llegada de verano y las navidades, tienen derecho a recibir dos pagas extra. Este derecho queda reflejado en el Estatuto de los Trabajadores, y significa que el empleado recibirá un total de dos mensualidades en dichas fechas.
Y es que el Estatuto de los Trabajadores es la ley principal que regula las relaciones laborales en España. Se encarga de establecer los derechos y deberes básicos de los trabajadores y empresas en el ámbito del trabajo.
Sin embargo, a pesar de que esta posibilidad queda reflejada en la ley, muchas empresas no cumplen con las pagas extras. Un incumplimiento al que tienen derecho y que también está recogido en el estatuto.
¿Qué dice la ley sobre las pagas extra?
Tal y como se recoge en el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 31, "el trabajador tiene derecho a dos gratificaciones extraordinarias al año, una de ellas con ocasión de las fiestas de Navidad y la otra en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre el empresario y los representantes legales de los trabajadores". En este sentido, las empresas suelen realizar estos ingresos en los meses de verano -junio y julio- y en Navidad -noviembre y diciembre.
Además, el artículo añade que las cuantías de estas gratificaciones serán fijadas por convenio colectivo.
La condición que exime a las empresas de ingresar las pagas extra
No obstante, a pesar de que la ley recoge la obligación de que los empleados reciban la paga extra, existe una posibilidad que exime a las empresas de cumplir con esta norma. Y es que el Estatuto de los Trabajadores refleja que el convenio colectivo puede establecer el prorrateo de las dos gratificaciones.
"Podrá acordarse en convenio colectivo que las gratificaciones extraordinarias se prorrateen en doce mensualidades", afirma la normativa. Esto implica que los empleados, siempre que así quede establecido en el convenio, recibirán no catorce sino doce mensualidades al año.
Esta práctica de prorrateo consiste en integrar el importe total de las pagas extraordinarias en cada una de las nóminas mensuales. Se divide el total de esta bonificación extra entre 12, lo que repercute en un aumento mensual del salario bruto que percibe el trabajador.
Eso sí, para que el sistema de prorrateo sea válido debe estar acordado por escrito en el convenio colectivo que rige la relación laboral dentro de la empresa, de lo contrario, las pagas deberán abonarse en 14 mensualidades.
En caso de quedar reflejado, los trabajadores dejarán de percibir dos pagas extras y recibirán el importe repartido en las mensualidades del año.
¿Cómo se calcula el prorrateo de las pagas extra?
El cálculo del prorrateo de las dos pagas extraordinarias es muy sencillo. Lo único que hay que hacer es sumar al salario de cada mes la doceava parte de cada una de las dos pagas extra.
Por ejemplo, si una persona percibe el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que en este 2025 es de 1.184 euros al mes, para calcular el prorrateo hay que hacer lo siguiente: 1.184:12 = 98,66 euros.
Una vez obtenido este resultado, lo único que hay que hacer es sumar 98,66 x 2 al salario que se recibe mensualmente, es decir, 1.184 euros. Por ello, el prorrateo queda en 1.381,33 euros mensuales.
Sube el salario de los funcionarios
El Consejo de Ministros aprobó este martes la subida salarial de los funcionarios del 0,5% pendiente de 2024, y se dejó en el tintero los incrementos de 2025 por la falta de Presupuestos Generales. La subida tiene efectos retroactivos desde enero del año pasado y afecta a tres millones de trabajadores.
Este incremento era la última parte pendiente del acuerdo marco sellado con UGT y CCOO para 2022, 2023 y 2024, pero que no rubricó CSIF, el sindicato mayoritario en la AGE. El sueldo de los funcionarios subió un 3,5 % en 2022 y otro 3,5 % en 2023, en tanto que en 2024 lo hizo un 2%, tasa a la que ahora se sumará este 0,5% adicional que corrige la variación del IPC en los últimos tres años (2022, 2023 y 2024).
Esto se traduce, por tanto, en un aumento de las pagas extra, puesto que las mensualidades aumentarán tras la confirmación del Consejo de Ministros.