Cada día, alrededor de un millón y medio de personas están de baja laboral en España, una cifra que refleja la magnitud de este fenómeno y sus consecuencias en el mercado de trabajo. Según el Banco de España, el número de bajas médicas casi se ha duplicado en los últimos cinco años, dejando numerosos puestos vacíos durante largos periodos, en algunos casos incluso durante años.
La baja médica es, en palabras de la Seguridad Social, un subsidio diario que "cubre la pérdida de rentas del trabajador producida por enfermedad común o accidente no laboral, enfermedad profesional o accidente de trabajo y los períodos de observación por enfermedad profesional".
Cuando uno se encuentra en esta situación, muchos deciden quedarse en casa para recuperar esas fuerzas perdidas, pero otros, en cambio, consideran que hacer una escapada, dar un paseo o incluso ir al gimnasio puede ayudarles a mejorar su estado de salud. Pero, ¿durante esta baja se puede ir a una sala de gimnasio?
La normativa no establece de forma explícita si un trabajador que recibe una prestación de incapacidad temporal puede ir o no al gimnasio. La Ley General de la Seguridad Social (LGSS) se limita a señalar que la persona que se encuentre de baja debe mantener las condiciones que favorezcan su recuperación y cumplir las indicaciones médicas, sin concretar actividades específicas permitidas o prohibidas.
"Seguro que hay gente que no va al gimnasio estando de baja por si acaso, porque creen que no pueden o que los van a despedir por ello. Y no pueden estar más equivocados", asegura con rotundidad el abogado laboral Juan Manuel Lorente en su cuenta de TikTok.
El gimnasio no es incompatible con estar de baja médica e incluso, en ocasiones, puede ser hasta recomendable. Lorente pone el ejemplo de un trabajador que tenga una dolencia en un músculo de la pierna, que, aunque esta le incapacite para acudir a su puesto, ir al gimnasio puede ayudarle a recuperarse antes. En casos como este o de salud mental, "perfectamente puedes ir al gimnasio", asegura.
No obstante, si una persona tiene roto un brazo y va al gimnasio a hacer ejercicios de bíceps con ese brazo, el letrado asegura que es muy probable que pueda tener problemas con la empresa si le pillan haciendo eso.
En definitiva, no está prohibido ir al gimnasio estando de baja y la empresa tampoco debería despedir al trabajador por el hecho de ir, siempre y cuando realice ejercicios que no estén contraindicados o mejoren su dolencia.